La Abogacía del Estado ha pedido al magistrado Manuel García-Castellón que aplique la amnistía a los 10 investigados por terrorismo de Tsunami Democràtic, tal como ya lo pidió la Fiscalía. El argumento de la abogada del Estado, Zaida Isabel Fernández, es que los hechos imputables a los encausados encajan más en el delito de desórdenes públicos o atentado contra la autoridad y que no tienen que ser excluidos de la norma del olvido penal si se comparan con el delito de terrorismo que marca la directiva europea de 2017, tal como exige la ley de amnistía, y no el Código Penal. La diferencia es clave: la directiva europea incluye en el delito de terrorismo "ciertos delitos graves", entre los cuales la muerte de personas y "graves violaciones de derechos humanos", mientras que el Código Penal español incluye "cualquier delito grave" si afecta bienes jurídicos y "altera la paz pública". La abogada del Estado concluye que "por su finalidad" los hechos imputados a Tsunami, que era promover protestas contra la sentencia del Supremo a los líderes independentistas del procés, se incluyen en la ley del olvido penal porque no causaron el delito de terrorismo definido por la UE, más "restrictivo" que el Código Penal.
Los investigados por Tsunami en la Audiencia Nacional son: la secretaria general de ERC, Marta Rovira; la dirigente de ERC, Marta Molina, y la única que ha declarado ante el juez; el ex consejero de ERC, Xavier Vendrell; el director de la oficina del president Puigdemont, Josep Lluís Alay; el empresario Oriol Soler; el directivo de Òmnium, Oleguer Serra; el activista Josep Campmajó, el periodista Jesús Rodríguez; el informático Jaume Cabaní, y el italiano Nicola Flavio Guilio Foglia. Paralelamente, el Tribunal Supremo investiga por terrorismo por Tsunami a los actuales diputados de Junts y ERC, Carles Puigdemont y Ruben Wagensberg, respectivamente, por su aforo. En su caso, la Fiscalía ha pedido ya la amnistía, como seguramente también la Abogacía del Estado.
Las movilizaciones de Tsunami
La abogada del Estado recuerda que el juez García-Castellón -en su resolución del noviembre pasado, con la que imputó 12 personas- ha definido Tsunami Democrático como una organización jerárquica y que suya la finalidad esencial era "subvertir la orden constitucional, desestabilizar económicamente y políticamente el Estado español, y alterar gravemente el orden público mediante la movilización social masiva, como respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de octubre de 2019".
Añade que la Audiencia Nacional atribuye a los investigados "una serie de acciones delictivas que no coinciden con los que se enumeran con carácter exhaustivo en la serie de delitos graves” de la directiva europea (considerando 8). Y, recuerda que "solo consta que la actividad de Tsunami Democràtic dio lugar a protestas en el seno de las cuales se produjeron, lanzamientos de piedras, adoquines, láminas de aluminio y barras de hierro contra agentes, pero que, por reprochables que también fueran estos actos, merecen, según la Audiencia Nacional, la calificación típica propia del artículo 550 del Código Penal (atentados contra la autoridad) y no la del 573 o la de terrorismo".
Por todo esto, la Abogacía del Estado pide al juez instructor que aplique la amnistía a los 10 investigados de Tsunami Democràtic.