El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España por violar el derecho a la libre expresión de un activista que acusó a dos policías de torturas. El tribunal, con sede en Estrasburgo, ha constatado que hubo "una violación del artículo 10" de la Convención de Derechos Humanos en la condena de los tribunales españoles a Agustín Toranzo para describir una acción policial en un desalojo de un centro social en Sevilla en el 2007 como torturas. Con esta sentencia el alto tribunal europeo obliga al Estado español a compensar a Toranzo con más de 8.000 euros por los daños y perjuicios causados.

El caso del desalojo

En el 2007 el activista Agustín Toranzo protestó contra el desalojo del centro social ocupado Casas Viejas de Sevilla encerrándose en el edificio. Durante esta acción de protesta, Toranzo introdujo su brazo en un tubo de hierro unido al piso y la policía decidió atarlo con una cuerda en torno a la cintura para intentar sacarlo por la fuerza. Cuando vieron que no lo podían sacar, los policías lo inmovilizaron con una cuerda. Posteriormente puso fin a la protesta, pero más tarde, en una rueda de prensa, Toranzo describió estas acciones de la policía como torturas.

A petición de la Delegación del Gobierno en Andalucía, la fiscalía pidió una investigación criminal contra él por estas declaraciones. En julio del 2011 lo declararon culpable y le impusieron una multa de 10 euros diarios durante veinte meses y una compensación a los dos policías por un total de 1.200 euros. Los tribunales consideraron que las acciones policiales habían sido proporcionadas y rechazaron que hubiera utilizado la palabra tortura en sentido coloquial, tal como argumentaba el acusado.

Después de agotar todas las vías judiciales en el Estado español, el 2014 Toranzo acabó llevando el caso al TEDH donde denunció que la decisión de los tribunales españoles había violado su derecho a la libre expresión. En este sentido, él argumentaba que su sentencia no fue ni "proporcionada ni necesaria en una sociedad democrática".