Los miembros de JxSí en la Mesa del Parlament condenados por desobediencia alegan delante del Supremo que les han vulnerado derechos reconocidos por la Constitución y el Estatuto y piden que sus recursos no sean resueltos ni por el juez Pablo Llarena ni por los magistrados que juzgaron el "caso Procés".
Lluís Corominas, Anna Simó, Ramona Barrufet y Lluís Guinó, diputados de JxSí en la Mesa durante la etapa de Carme Forcadell, han presentado recursos de casación ante el Tribunal Supremo, a los cuales ha tenido acceso Efe, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que los condenó a 20 meses de inhabilitación por permitir la tramitación de las leyes de desconexión del procés.
Piden apartar a Llarena i Marchena para garantizar la imparcialidad
En sus escritos, los miembros de la mesa piden en el Supremo que, para garantizar la "imparcialidad", se abstengan de resolver sus recursos tanto el juez Pablo Llarena, que instruyó la causa del procés, como los miembros de la Sala de lo Penal, presidida por Manuel Marchena, que juzgó y condenó a los líderes independentistas.
De hecho, la causa contra los diputados de JxSí en la Mesa del Parlamento - abierta a raíz de varias querellas de la Fiscalía - estuvo inicialmente en manos del Tribunal Supremo, pero finalmente el alto tribunal decidió separarla de la causa del procés que sentó en la bancada de los acusados en Carme Forcadell y en el resto de líderes independentistas y la remitió al TSJC.
Anular la condena
Los condenados piden en el Supremo que anule su condena pero que, en caso de que la mantenga, limite el alcance de la pena de inhabilitación impuesta, de manera que no tengan vetado el acceso a cargos públicos -cómo solicita Simó- ni a otros cargos electos que no sean los estrictamente vinculados a las funciones de la Mesa.
Los recursos argumentan delante del Supremo que la condena por desobediencia por la tramitación de las leyes del procés vulnera varios derechos reconocidos por la Constitución, entre ellos los de participación política, libertad ideológica y de expresión, así como artículos del Estatuto y de la carta Europea de Derechos Humanos. Como ya expusieron en el juicio, los abogados de los condenados, Judit Gené y Raimon Tomàs, apelan al principio de inviolabilidad parlamentaria que creen asistía los miembros de la Mesa y razonan que la sentencia atenta contra el "principio de autonomía" de la cámara catalana.
Para las defensas, los requerimientos del Tribunal Constitucional en los miembros de la Mesa "suponían una limitación de la capacidad de debate del Parlamento de Catalunya por parte del órgano jurisdiccional y alteraban las facultades de la Mesa en su concepción finalista de proteger los derechos de los parlamentarios, cosa que vulnera, incluso elimina, la autonomía parlamentaria de la cámara legislativa". Esta afectación de derechos fundamentales, abundan las defensas, no sólo afecta a los miembros de la Mesa sino también "un número muy significativo de ciudadanos" a quién los diputados representan.
Denuncian la judicialización y criminalización de la actividad parlamentaria
En este sentido, sostienen los recursos que los diputados se limitaron a "garantizar, como siempre había hecho la Mesa, el desarrollo del ejercicio de derechos fundamentales básicos por parte de los ciudadanos en condiciones de libertad, igualdad y seguridad". "Resulta por lo tanto esencial para el desarrollo de las funciones parlamentarias que la voluntad del Parlamento se produzca mediante el debate y la discusión pública libres de obstáculos y presiones externas", añaden los abogados, que creen que las resoluciones del Constitucional suponían "una alteración de las funciones de la Mesa" al limitar "preventivamente" la capacidad de debate de la cámara.
En este sentido, las defensas afirman que "la judicialización y criminalización de la actividad parlamentaria ya está teniendo efectos indeseables sobre el funcionamiento de cámaras parlamentarias". También plantea la defensa de Simó que la Abogacía del Estado no tenía legitimación para ejercer la acusación en la causa -ya que, a diferencia del "caso del Procés", en esta no se dirimía un delito de malversación de dinero de que puedan resultar perjudicadas las arcas públicas-, lo que también vulneró su derecho de defensa y a un procedimiento con todas las garantías.