La Audiencia Provincial de Madrid condenó el pasado mes de marzo al director de Periodista Digital, Alfonso Rojo, por vulnerar el derecho al honor del abogado Gonzalo Boye. La Audiencia consideró que Rojo había sobrepasado los límites de la libertad de expresión tildando repetidamente al abogado de "gentuza", "etarra", "elemento criminal", "abogado de cocomocho", "impresentable peligroso" o "sucio carcelero", entre otros calificativos. No obstante, el director de Periodista Digital recurrió la sentencia y el fiscal del Tribunal Supremo José Miguel de la Rosa Cortina le ha dado la razón señalando la actividad pública del abogado y, en particular, la vinculación con la defensa de los líderes del procés independentista, como argumento para hacer prevalecer la libertad de expresión por encima del derecho de Boye al honor y a la propia imagen.
En su escrito, con fecha del 21 de diciembre, el fiscal argumenta que aunque las expresiones utilizadas contra el letrado pueden ser hirientes y molestas, "el Sr. Boye no es un simple abogado". "Muchas de las causas en que interviene se caracterizan por ser extremadamente polémicas y generar debates de alta tensión política, como, por ejemplo, el procedimiento contra el Sr. Puigdemont". En este punto, para argumentar que su actuación va más allá de la de un letrado, afirma que se presentó como candidato de Junts a las elecciones europeas, en referencia al hecho que ocupó de manera provisional el lugar de Puigdemont hasta que se confirmó que los políticos exiliados podían concurrir a las elecciones europeas. "Es decir, ha actuado como político", sentencia.
A lo largo del escrito el fiscal argumenta que buena parte de los artículos denunciados se enmarcan en un contexto de tensión a raíz del procés independentista, que describe como una situación política y de conflicto, en la cual, por lo tanto, la jurisprudencia del Supremo permite considerar la libertad de expresión por encima del derecho al honor. Entre estos episodios de alta tensión, el fiscal señala la demanda de Boye contra el juez del Supremo Pablo Llarena en Bélgica.
Fiscal polémico
El fiscal José Miguel de la Rosa es un viejo conocido del independentismo. Desencadenó la polémica en octubre de 2017 cuando puso el nombre de "Más dura será a la caída" al documento sobre las querellas contra los líderes independentistas que la Fiscalía envió a la prensa y que leyó el entonces fiscal general del Estado, José Manuel Maza.
Con este escrito sobre Boye responde al recurso que presentó Alfonso Rojo después de que él y su medio fueron condenados por la Audiencia Provincial a indemnizar con 5.000 euros al abogado por intromisión ilegítima en su honor y a la propia imagen. Previamente, un juzgado de Madrid lo había absuelto en primera instancia. La condena de la Audiencia obligaba a publicar en la web del diario y en las redes la sentencia. La Audiencia consideró que las reiteradas descalificaciones contra Boye superaban los límites de la libertad de expresión.
Abogado de cocomocho
El fiscal, sin embargo, rechaza esta valoración y argumenta que algunas de las expresiones que la Audiencia considera injuriosas no tienen connotaciones lesivas para el derecho al honor. "La expresión abogado de cocomocho se está refiriendo a su condición de abogado del Sr. Puigdemont, al cual se le aplicó este mote (cocomocho) en varios medios de comunicación. Si la expresión se considera insultante, lo será para el Sr. Puigdemont, no para el demandante", argumenta el fiscal De la Rosa.
El escrito considera que "es muy reducida" la carga ofensiva de calificativos como "personaje tan escasamente recomendable", "siniestro" o "de por sí escalofriante". Por lo que respecto a expresiones como "impresentable peligroso", "elemento tan criminal", "gentuza", "marrullero","sucio e inmoral carcelero", argumenta que no tienen suficiente entidad para fundamentar una condena dado que las dirige un periodista a un personaje público que actúa como abogado en causas polémicas y mediáticas, que se ha situado en el primer plano de la actualidad de manera voluntaria y que "ha llegado a ejercer como político", además de haber sido condenado por colaboración con banda armada. Todo ello obliga, en opinión del fiscal, a contextualizarlas en "un ámbito de crítica política y dentro de lo que el Tribunal Supremo ha considerado contextos de contienda y conflicto". Ante estos contextos, añade, "la jurisprudencia admite que se refuerce la prevalencia de la libertad de expresión respecto del derecho al honor".
Actuación contra Llarena
Después de insistir en que "las expresiones usadas se tienen que enmarcar en un contexto de fuerte tensión y conflicto", recuerda que Boye, entre otras actuaciones procesales polémicas, "fue el impulsor de la demanda contra el magistrado Pablo Llarena ante los tribunales de Bélgica, con motivo de la actuación de este como instructor en la causa del procés". "El contexto del procés independentista catalán, presente en un gran número de los artículos a los cuales hace referencia esta causa, ha estado calificado como de tensión", reitera.
Por lo que respecta a los calificativos de etarra y exetarra considera que "por más que le resulte perjudicial y doloroso" y por más que ya haya cumplido condena están amparados por el derecho fundamental a la libertad de información, dado que fue condenado por el secuestro de Emiliano Revilla, llevado a cabo por la banda terrorista. Sería diferente, añade de nuevo, en caso de que después de cumplir la condena no tuviera proyección pública. "En tal escenario, airear en los medios de comunicación una condena penal ya cumplida podría lesionar su derecho al honor", remacha. Pero este no es el caso, considera, dado que Boye "ha asumido voluntariamente un indiscutible protagonismo en sucesos de interés público".