Nuevas trabas. La Fiscalía y la Abogacía del Estado han presentado un recurso de reposición a la Audiencia Nacional para que rectifique y no dé la razón al expresidente Quim Torra y el exvicepresidente del Parlament Josep Costa y no devuelva su demanda por el espionaje sufrido con el software Pegasus a la sala del contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, tal como resolvió la semana pasada. La Fiscalía y la Abogacía del Estado exponen que el Supremo ya resolvió el junio pasado de no admitir la denuncia de Torra y Costa y lo envió al contencioso de la Audiencia Nacional porque la actuación supuestamente irregular se focaliza en el director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), que admitió que pidió permiso judicial para espiar a una veintena de personas, entre ellas el presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, cuando era vicepresidente. En definitiva, son más recursos, que retrasan investigar el fondo de la denuncia.

En los recursos, la Fiscalía y la Abogacía del Estado exponen que una hipotética solicitud de desclasificación de información no puede servir de criterio para atribuir la competencia jurisdiccional en este recurso. No obstante, proponen respuestas diferentes: la Fiscalía pide que la denuncia se derive a la vía penal, y cita distintas causas abiertas en  juzgados de Barcelona -por las querellas presentadas por afectados de ERC, la CUP y la ANC, que languidecen -, mientras la Abogacía del Estado solicita que no se admita esta reclamación. Costa y Torra presentaron esta denuncia con la voluntad de agotar los obligados pasos en la jurisdicción española para después presentar un recurso de amparo al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por vulneración de derechos fundamentales.

La denuncia de Torra y Costa

Torra y Costa denunciaron al presidente del Gobierno y a la administración general del Estado por haberles hecho espiar. En concreto, por "la intervención, escucha, sustracción, recopilación, tratamiento, uso, difusión y almacenaje de la información y comunicación". Para la Abogacía del Estado y la Fiscalía, el "Gobierno es un amplio órgano colegial y no se evidencia que hubiera podido desarrollar todo él la actividad material del hecho" y añade que ante el escrito de los recurrentes, si hubiera alguna responsabilidad se atribuiría al secretario de Estado y director del CNI y, por lo tanto, indica, el órgano competente es la Audiencia Nacional.

Ningún espionaje, según Defensa

En la causa, el Ministerio de Defensa aseguró a la sala del Tribunal Supremo la "inexistencia" de un expediente sobre el espionaje al expresidente de la Generalitat y el exvicepresidente de la Mesa del Parlament y pedía el archivo de la demanda. También aportó un informe del secretario general del CNI que aseguraba que "no existe expediente sobre Torra y Costa" y que no se había realizado ningún espionaje hacia su persona. La Fiscalía y la Abogacía del Estado concluyen que no ha habido ninguna novedad, y, por lo tanto, piden al tribunal de la Audiencia Nacional que rectifique y anule su resolución de enviar la causa al Supremo.