La Fiscalía está en contra de admitir a trámite la querella que Òmnium Cultural ha presentado contra el rey emérito. El ministerio público remarca como argumentos claves la inviolabilidad del Rey, el amparo que le ofrece la Constitución y la prescripción de los delitos que le atribuyen en la querella.

El ministerio público se basa en los antecedentes de otra querella contra el Rey que no fue admitida a trámite y por la que se archivaron las actuaciones. Se trata de la querella del Partido Comunista de España, Izquierda Unida y la Asociación Foro de Abogadas y Abogados de Izquierdas.

Manda la jurisprudencia, según la Fiscalía, que acaba de presentar un informe en contra de que se investigue al rey emérito a partir de la querella presentada por Òmnium Cultural. Según el informe de la Fiscalía: "Los delitos que se imputan en ambos casos son los mismos, aun cuando en la primera querella se observa la omisión en la expresa imputación del delito de blanqueo de capitales cuya (supuesta) comisión, sin embargo, se deduce de los hechos relatados". También se aferra al hecho de que las pruebas son similares.

Constantemente compara la querella de Òmnium con la que se archivó para tumbar los argumentos: "Guarda una íntima correlación en ambos documentos, hasta el punto que, prescindiendo de pequeñas diferencias sin importancia práctica (alegaciones relativas a la venta de Banco Zaragozano o comisiones por la adquisición de barriles de petróleo huérfanas de ninguna prueba), podemos afirmar que en los dos escritos se relatan casi idénticos supuestos fácticos".

 

 

El Rey es inviolable

La Fiscalía remarca, además, que el Rey es inviolable y que todos los hechos que le atribuye Òmnium fueron durante su reinado y antes de la abdicación: "Todos los actos que los querellantes imputan a la persona de
SAR se dicen cometidos con anterioridad a la fecha en que tuvo lugar la abdicación reseñada".

"Resulta evidente que los delitos supuestamente cometidos habrían sido ejecutados con anterioridad al 19 de junio de 2014, y, por lo tanto, el querellado estaría amparado por la inviolabilidad que la Constitución garantiza al jefe del Estado", remarca el informe fiscal.

Entre los argumentos que utiliza el ministerio público está la comparación también con el caso Otegi y el reconocimiento de la inviolabilidad del monarca por parte de Europa: "La inviolabilidad se puede entender como sinónimo de irresponsabilidad. En este sentido, la inviolabilidad se identifica con la irresponsabilidad en la medida en que los dos términos expresan que no se puede perseguir penalmente al monarca y que, con respecto a la responsabilidad civil, no se le puede pedir ante la jurisdicción ordinaria. Tal irresponsabilidad penal curiosamente no ha sido cuestionada ni por el TEDH, en el Caso Otegi Mondragón contra España".

Delitos prescritos

La Fiscalía rebate la querella de Òmnium y pone en cuestión las fechas en que supuestamente se habrían cometido los delitos, defendiendo aquí la prescripción de los hechos: "Todo parece indicar, a la vista de lo que preceptúan los artículos 131 y siguientes del Código Penal, que, a estos hipotéticos delitos, les sería de aplicación el instituto de la prescripción".

El informe fiscal tiene siete puntos y concluye que, aparte de los argumentos antes detallados, el Rey es aforado. Y cierra cualquier posibilidad de aceptar a trámite la querella para poder juzgar al rey emérito.