Ajena al revés que recibió hace sólo 24 horas de parte del juzgado de vigilancia número 5 de Barcelona, la Fiscalía persiste en su cruzada contra los permisos a los presos independentistas. Ahora con un recurso contra la aplicación del artículo 100.2 a Raül Romeva. Entre los argumentos que esgrime, los mismos que ha venido repitiendo hasta ahora con el resto de dirigentes del procés: que no se ha "reeducado" ni tampoco "asume el carácter delictivo de su conducta". Invita, en este sentido a hacer "una interpretación restrictiva" del artículo.

En el caso de quien fue conseller de Exteriores durante el 1-O, incorpora un razonamiento personalizado. Concretamente que en el trabajo asignado fuera de Lledoners, "una de las tareas que tendrá que hacer", que es la de "organizar toda la actuación de la cooperación entre Catalunya y Bosnia", guarda "cierta similitud con la actividad que realizaba como conseller".

En su escrito, el ministerio fiscal apunta que Romeva presenta "peligro de recaída" y defiende que concederle el permiso para salir a trabajar "no influirá de manera positiva" en el interno. Asimismo, señala que el hecho de que tenga estudios superiores y una larga trayectoria profesional implica que una vez cumpla la condena no tendrá problemas para encontrar trabajo, por lo tanto Fiscalía cree que no es necesario que se vaya reincorporando paulatinamente en el mundo laboral, porque se trata de una persona "plenamente insertada a la sociedad".

Por último, el recurso vuelve a hacer referencia a la "gravedad de la pena" impuesta. En el caso de Romeva, 12 años de prisión. Desde el punto de vista de la Fiscalía, "cuando se trata de delitos graves, la pena se tiene que identificar por la sociedad y por el afectado como una sanción efectiva, con la finalidad de mantener la confianza en el Estado de derecho".

Desde hace semanas, la Fiscalía mantiene un pulso con la junta de tratamiento de las prisiones de Lledoners, Puig de les Basses y Mas d'Enric, oponiéndose a todos y cada uno, de los permisos que se han empezado a conceder a los presos independentistas para que salgan a trabajar y hacer voluntariado en aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario. Este jueves, el juzgado de vigilancia tumbó el primer recurso de los fiscales, el de Jordi Cuixart, que fue el primero en salir a trabajar. La resolución no es firme todavía -la Audiencia de Barcelona tendrá la última palabra-, pero supone un revés para la Fiscalía.

Si bien la resolución es específica por al caso de Cuixart, el cierto es que marca un precedente en relación al resto de condenados por el 1-O que ya disfrutan del 100.2 -Junqueras, Romeva, Sànchez, Forcadell, Forn y Bassa-.