La fiscalía de la Audiencia Nacional va a por todas para demostrar que los CDR son instrumentos terroristas del proceso independentista. Ahora en el recurso, al que ha tenido acceso El Nacional, para que Tamara Carrasco, la activista miembro del CDR de Viladecans detenida hace un mes, esté en la prisión mientras no se haga el juicio, criminaliza a los Comités de Defensa de la República con acciones no reivindicadas, no demostradas y con comparaciones con el funcionamiento, la ideología y los materiales utilizados por Terra Lliure, ETA y el terrorismo yihadista.

La defensa de Tamara Carrasco presentó el viernes la respuesta al recurso donde niega la acusación de terrorismo y replica punto por punto las acusaciones de la fiscalía.

Terra Lliure

La fiscalía divide su escrito de 20 páginas en seis capítulos. En el de "Acciones atribuidas a los CDR y no reivindicadas" se encuentra la explosión que el 1 de abril hubo en un concesionario de Mercedes-Benz en la Vía Augusta de Barcelona. Eran las 0:50 horas y explotaron dos bombonas pequeñas de camping gas. Tanto el CDR como el mismo concesionario desvincularon los hechos de la lucha independentista y las acciones de los Comités de Defensa de la República.

El texto de la fiscalía admite que la acción no está reivindicada, pero lo aprovecha para comparar la acción de los CDR con la desaparecida Terra Lliure. Dice: "El tipo de artefacto explosivo utilizado recuerda a los habitualmente utilizados durante la década de los años 80 y 90 por la banda terrorista Terra Lliure. Aunque el hecho no ha sido todavía reivindicado, no se descarta que tenga relación con la campaña que los CDR están iniciando no sólo contra los intereses del estado español sino también, y más recientemente, contra intereses alemanes". Y es que hacía 6 días que habían detenido a Carles Puigdemont después de cruzar la frontera alemana y en aquel momento estaba en la prisión de Neumünster.

ETA

A lo largo del recurso, la fiscalía relata cómo la lucha en la calle en Catalunya ha dado un salto cualitativo "en grado de violencia desplegada por los CDR, llegando a enfrentamientos físicos con los antidisturbios de los Mossos". El ministerio público pretende vincular el incremento de tensión con las movilizaciones que hubo a las pocas horas de la detención de Puigdemont para explicar que ha habido violencia que acredita el delito de rebelión y también el de terrorismo contra Tamara Carrasco.

En el capítulo de la calificación jurídica de los hechos del recurso, argumenta los precedentes del delito de terrorismo destinado a contrarrestar el terrorismo de calle o de baja intensidad durante los años contra la lucha armada de la kale borroka del País Vasco vinculada a la banda terrorista ETA.

Según la fiscalía, las acciones de los CDR concuerdan con este comportamiento, porque aunque "no se constate una integración en organización terrorista o un supuesto claro de colaboración de colaboración específica con ella", sus actos sí que tendrían cabida en el articulo del código penal que dice que la kale borroka es terrorismo porque su finalidad es "perturbar la vida de las poblaciones por la inducción de la intranquilidad o el miedo".

La defensa de Carrasco discrepa claramente de este argumento y lo tumba. Dice que a pesar de que durante la lucha contra ETA los tribunales aceptaron la extensión del terrorismo a la kale borroka, "esta construcción jurídica no puede ser ahora utilizada en relación a un contexto en el que no existe un actor equivalente a ETA y, en consecuencia, no resulta posible valorar el papel de los disturbios en la calle en relación a una organización terrorista, ya que esta organización principal, motivo o primaria, no existe".

Yihadismo

El recurso de la fiscalía se coge a una sentencia de la Audiencia Nacional sobre yihadismo para seguir defendiendo el delito de terrorismo y dice que es aplicable a "nuevos fenómenos terroristas como el que protagonizaría la investigada". Y en este sentido, entiende la ideología como un factor clave para atribuir a Tamara Carrasco y a los CDR una misión terrorista. Y establece el paralelismo con Al Qaeda: "Puede aparecer en formas diferentes, normalmente aparejadas a una fuerte inspiración ideológica que sirve de fundamento y justificación a las acciones terroristas realizadas por grupos o agrupaciones de personas con el mismo sustento ideológico, que actúan de forma independiente".

En este caso, la ideología sería la independentista. La defensa en su escrito argumenta que la ideología independentista y su militancia en estas ideas "no son ni ilegales ni están prohibidas".

Y según el ministerio público, "el delito de terrorismo no sólo atenta con la paz pública como en el delito de desórdenes públicos, sino que tiene como finalidad alterar gravemente la paz pública, y las actuaciones de los CDR y, en particular las de la investigada, van más allá del deseo de atentar contra la paz pública".

 

 

 

La defensa también lo tumba todo. Dice: "Para el funcionamiento del mecanismo del terrorismo es necesario el ejercicio de la violencia de forma reiterada e indiscriminada para ejercer la intimidación masiva y resulta difícil imaginar una organización terrorista sin armas de fuego o explosivos".

También defiende que el marco jurídico no describe como conductos terroristas ni las coacciones, los desórdenes públicos, los daños, incendios, ni enfrentamientos con los cuerpos policiales"; que en ninguna resolución de la Audiencia Nacional, ni el Tribunal Supremo, ni los juzgados de Barcelona se ha utilizado el término "terrorismo" en la investigación de los CDR y que la Audiencia Nacional ya dictó una resolución el enero pasado archivando una causa relacionada con los CDR sobre terrorismo.