La Fiscalía Superior Catalunya no comparte el criterio del juez Pablo Llarena y descarta que los acompañantes del president en el exilio, Carles Puigdemont, este agosto en Barcelona, hayan cometido ningún delito. Así lo expresa el teniente fiscal, Pedro Ariche, en tres informes, en los cuales pide al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que inadmita las querellas presentadas por Hazte Oir y  Vox contra el presidente del Parlament, Josep Rull; el exconseller de Interior y actual diputado de ERC, Joan Ignasi Elena, y el abogado de Puigdemont, el penalista Gonzalo Boye, al asegurar que no han cometido ningún delito, según ha informado la Fiscalía este jueves. 

El posicionamiento de la Fiscalía se conoce el mismo día que el instructor del Supremo del 1-O, Pablo Llarena, ha enviado un auto en qué pide que los juzgados de Barcelona investiguen la no detención de Puigdemont; y no solo si los tres mossos que lo acompañaban podrían haber cometido algún delito, como el de encubrimiento, sino también otras personas, es decir, cargos de Junts. Recientemente, el juez Llarena confirmó su negativa a aplicar la amnistía al presidente Puigdemont y a los ex consellers Toni Comín y Lluís Puig.

El teniente fiscal también pide que se archive la querella  de Vox contra el entonces president Pere Aragonès; el exdirector de la Policía, Pere Ferrer, y el exjefe de los Mossos, Eduard Sallent, al asegurar que no cometieron ninguna acción delictiva para hacer fracasar la detención de Puigdemont. Ariche acusa el partido de ultraderecha de hacer "un relato plagado de meras especulaciones y prejuicios al bies ideológico, que no comparte".

 

Rull no entorpeció la acción policial

Las entidades españolistas acusan el president del Parlament, Josep Rull, de un delito de encubrimiento o abuso de sus funciones públicas (arte. 451, 3.º apdo. b) CP), cuando afirmó que no permitiría la detención de Puigdemont en la cámara catalana. En su escrito, el fiscal Pedro Ariche  afirma que las declaraciones de Rull se enmarcan “en el ámbito de la libertad de expresión dentro de su actividad política”, además de recordar que este escenario, al final, no se produjo, puesto que Puigdemont marchó al bajar del escenario y ante el volumen de Mossos que lo esperaban en el Parlament para detenerlo. “Estas manifestaciones son penalmente irrelevantes porque no tuvieron ningún alcance efectivo”, manifiesta el  teniente fiscal.
 

 

Añade que no consta tampoco acreditado que la actividad de acompañamiento realizada por Rull y otras muchas personas, que ocupaban cargos de responsabilidad, al señor Puigdemont, cuando se encontraba en la vía pública, entorpeciera u obstaculizara la actuación policial. El teniente fiscal Ariche sostiene: “En ningún momento el querellado (Rull) se dirigió a la fuerza policial allí desplegada, instándola a incumplir sus obligaciones. Lo relevante en este momento fue, no la presencia de cargos o excargos públicos, sino la de un elevado número de personas que allí se habían concentrado, circunstancia que, como se ha dicho, desaconsejaba una intervención en las proximidades del escenario al cual aquel se dirigió.”

En el escrito, el fiscal se muestra crítico con el operativo de los responsables de los Mossos, que califica de "un poquito rígido", y que fracasó en la detención de Puigdemont, y pide al TSJC el archivo de la querella a Josep Rull por la escasa relevancia de su actuación".

 

 La acción de Boye, "irrelevante"

En cuanto a la conducta del abogado Gonzalo Boye, el fiscal Ariche aclara que no tiene ningún aforo, y, por tanto, su caso no es competencia del TSJC. Además, destaca que en el caso de Boye "resulta obvio que no concurre la condición de autoridad o funcionario público, exigida por los tipos penales invocados por las entidades querellantes. Y, concluye, que los actos realizados por el penalista, según se describen en los concretos apartados del informe policial de los Mossos, es "irrelevante a efectos de la eventual imputación al mismo del pretendido delito de encubrimiento".