La Fiscalía ha instado al Tribunal Supremo que inadmita la querella presentada por Izquierda Unida (IU), el Partido Comunista de España (PCE), y al Foro de Abogados y Abogadas de Izquierda contra Juan Carlos I tras la regularización fiscal que presentó en diciembre ante Hacienda, que ampliaba una anterior contra el emérito tras conocerse los pagos realizados con tarjetas opacas con dinero supuestamente vinculado al empresario mexicano Allen Sanginés-Krause.

Según este escrito, esta querella contiene argumentos que ya fueron rechazados anteriormente por la Sala y, respecto de los nuevos, no cabe admitirla porque ya están siendo investigados en las diligencias abiertas hace varios meses y que coordina el recién nombrado teniente fiscal del Tribunal Suprem Juan Ignacio Campos.

Esta petición de la Fiscalía es la respuesta a la pregunta que le formuló en diciembre el Tribunal Supremo, que le preguntó al ministerio fiscal si debía investigar al exmonarca a raíz de la querella de Izquierda Unida y del PCE.

Juan Ignacio Campos, teniente fiscal del Tribunal Supremo / Fiscalía General del Estado

No se puede reabrir un proceso que nunca se abrió

Recuerda que "la reapertura solo es posible en los supuestos en los que se hubiera acordado en un procedimiento penal ya iniciado el sobreseimiento provisional y hubieran aparecido nuevos elementos de prueba que no constaran en la causa previamente sobreseída", según ha informado Europa Press.

Sin embargo, la querella inicialmente presentada fue inadmitida a trámite por el alto tribunal de 1 de abril de 2019 (y posterior auto de 24 de julio de 2019 que resolvía el recurso de súplica contra aquel), por lo que no puede procederse "a la reapertura de un proceso que nunca se abrió"

Por otra parte, la Fiscalía afirma que las diligencias de investigación del ministerio fiscal se encuentran pendientes de la práctica de varias diligencias, "cuya realización será decisiva para determinar la participación que la persona investigada hubiese podido tener en la realización de tales hechos, y la consideración técnico-jurídica que los mismos pudieran merecer".

Corinna es una de las investigadas en el proceso contra el rey emérito / EFE

Añade que "solo en el supuesto de que la persona del investigado (u otra u otras en su caso) fuesen presuntamente responsables de hechos con significación penal, el Fiscal interesaría su inmediata judicialización formulando la oportuna denuncia o querella".

Otros argumentos de la Fiscalía

Por otro lado, la Fiscalía indica que la solicitud de reapertura de la querella contra Joan Carles I no señala en qué nuevos elementos de prueba pretende basar su petición.

La interoluctoria de 27 de julio de 2020 del Juzgado Central de Instrucción número 6 acordó una reapertura parcial de la llamada pieza Carol -relacionada con datos supuestamente aportados por la ex amante del emérito, Corinna Larsen- únicamente respecto de hechos imputables a otras personas, manteniendo el sobreseimiento respecto al resto, y dicha pieza fue de nuevo archivada por el mismo Juzgado por Auto de 28 de octubre de 2020.

Por otro lado, parte de los hechos relatados en la solicitud de ampliación de querella se produjeron con anterioridad al 19 de junio de 2014 y, por tanto, con carácter previo a la abdicación del querellado, por lo que estaría amparado por la inviolabilidad que el art. 56.3 de la Constitución garantiza al Jefe del Estado.

Esta querella se acusa al Juan Carlos I de la presunta comisión de un total de 13 delitos - siete de ellos vinculados al ex Jefe de Estado- y también imputa a la examiga del monarca Corinna Larsen, el exdirector del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) Félix Sanz Roldán, los empresarios Juan Miguel Villar Mir y Juan Villalonga, el comisario jubilado y en prisión provisional José Manuel Villarejo, además del abogado suizo Dante Canónica y el primo del rey emérito Álvaro Orleans Borbón. 

Entre ellos, están siendo investigados de los delitos de cohecho, contra la Hacienda Pública, administración desleal, fraude y exacciones ilegales, tráfico de influencias, constitución de grupo criminal, blanqueo de capitales, encubrimiento, amenazas de muerte condicionales, descubrimiento y revelación de secretos, omisión del deber de perseguir delitos o corrupción entre particulares.