La Fiscalía del Tribunal Supremo rechaza que el Alto Tribunal investigue al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por la presunta revelación de secretos de la que lo acusa Alberto González Amador, la pareja de Isabel Díaz Ayuso. La teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, se opone a ello después de que en julio el Tribunal Superior de Justicia de Madrid elevara al Alto Tribunal la causa por la querella que González Amador presentó contra el fiscal del Estado por la difusión de una nota informativa en la que la Fiscalía de Madrid informaba sobre los correos electrónicos entre el abogado de Alberto González Amador y el fiscal Julián Salto por el caso de presunto fraude fiscal por el que se lo investiga. El fiscal del Estado asumió la responsabilidad del comunicado. En un informe de 45 páginas, el argumento principal de la número dos de Álvaro García Ortiz es claro: “Los correos electrónicos intercambiados por el investigado con la Sección de Delitos Económicos y con el fiscal encargado del asunto circulaban por las redacciones de diferentes medios de comunicación con antelación a que la Fiscalía difundiese la nota de prensa”. Además, María Ángeles Sánchez Conde esgrime que las “falsedades” del entorno de Ayuso hicieron “imprescindible” la difusión de una nota de prensa institucional para proporcionar “información veraz” a la ciudadanía.
La teniente fiscal sostiene que la nota de prensa “se limitaba a desmentir, con hechos cronológicamente sistematizados, los infundios publicados por los diarios El Mundo, VozPópuli y Libertad Digital, así como por el jefe del Gabinete de la Presidenta de la Comunidad de Madrid”. Esgrime que el comunicado se publicó en un contexto de “desinformación y falta de veracidad” y ante la necesidad de “defender la imparcialidad” y “profesionalidad” del Ministerio Fiscal para hacer frente a las “falsedades” del entorno de Ayuso y a informaciones que “faltaban clamorosamente a la verdad”, “confundían a la ciudadanía” y colocaban a la Fiscalía en una situación de “grave desprestigio carente de base probatoria”. “Se difundieron noticias claramente falsas, que estaban causando un importante revuelo mediático y confusión interesada y que comprometían la imagen de varios fiscales en particular y de la institución en general. Por tanto, era imprescindible para el Ministerio Fiscal aclarar un bulo mediante una nota oficial al objeto de que la ciudadanía pudiese recibir información veraz”.
La teniente fiscal defiende que “ningún extremo de los contenidos” en la nota informativa de la Fiscalía era “desconocido cuando se hizo pública”, dado que “todos los datos que se dicen revelados eran, en realidad, datos de público conocimiento”. Deja claro que la información “no revelaba ningún dato que no fuere ya conocido por la opinión pública”, había alcanzado un “interés sobresaliente para todos los medios de comunicación” y que “no generaba ninguna vulneración del derecho de defensa” de Alberto González Amador. Asimismo, señala que los días y horas anteriores a la publicación de la nota informativa del Ministerio Fiscal se publicaron noticias de un modo “casi frenético”, cosa que permite “constatar” la “relevancia extraordinaria” y la “trascendencia” de la información que contenía el comunicado. “Nadie ha cuestionado que el contenido de la nota informativa se corresponda fielmente con lo acaecido, ni que los datos e informaciones que contenía fueran verídicos y exactos”, añade.
“Excluye la participación de la Fiscalía y sitúa el origen de la filtración en el entorno de la defensa de González Amador”
En concreto, la teniente fiscal argumenta que el correo electrónico remitido el 2 de febrero por el abogado de la pareja de Ayuso a una dirección genérica de la Sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid “se hizo público con antelación” a la difusión de la nota informativa. Y hace dos observaciones: “Más de doce fiscales y cuatro funcionarios tenían acceso a esa dirección genérica” y en la noticia publicada por VozPópuli el 13 de marzo se citaban «fuentes próximas a la defensa» como el origen de la información, cosa que “excluye la participación de la Fiscalía y sitúa el origen de la filtración en el entorno de la defensa de González Amador”. “Sorprendentemente, no ha sido objeto de investigación en las diligencias previas incoadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid”, añade María Ángeles Sánchez Conde. La fiscal también señala que después de que se hiciera pública la investigación penal contra Alberto González Amador, su entorno tuvo una “reacción virulenta” que “puso su foco” en la Fiscal Jefa de Madrid, Almudena Lastra de Inés, de quien se resaltó su “posible vinculación político-ideológica de carácter antagónico a la ostentada” por Ayuso.
Más argumentos para “alejar cualquier duda” de la participación de la Fiscalía. La teniente fiscal del Supremo expone que la Fiscal Jefa de Madrid “no tuvo conocimiento de los correos electrónicos a que se hace referencia hasta la noche (aproximadamente a las 23 horas) del 13 de marzo”, cuando fueron remitidos por el fiscal encargado del caso tanto a ella como a la Fiscal Superior de Madrid. Ella, posteriormente, facilitó los correos electrónicos al fiscal general del Estado. Y María Ángeles Sánchez Conde cierra su exposición: “Si el contenido del correo electrónico enviado por el fiscal al letrado de González Amador el 12 de febrero se publicó en El Mundo a las 21:29 horas del 13 de marzo, es obvio que no pudo proceder ni de la Fiscal Jefa Provincial ni de la Fiscal Superior ni de la Fiscalía General del Estado”. Y concluye que fue, precisamente, este artículo de prensa el que “suscitó el interés de la institución y sus respectivas jefaturas por conocer de primera mano la veracidad de la información” que se había publicado, “información cuya falsedad quedó poco después contrastada”.