Misterio resuelto, giro de 180 grados y más peticiones de aplicar la ley de amnistía. Finalmente, la Fiscalía da el paso y pide a la Audiencia Nacional que aplique la norma del olvido penal a los doce CDR de la operación Judas investigados por terrorismo. En su momento, la Fiscalía pedía entre 8 y 27 años de cárcel para ellos después de que el juez Manuel García-Castellón les procesara por el delito de pertenecer a organización terrorista y de tenencia, depósito y fabricación de sustancias explosivas. Pero ahora, tras mantener la incógnita durante días, la teniente fiscal de la Audiencia Nacional Marta Durántez se alinea con las tesis de Alerta Solidària y pide al juez Alfonso Guevara la amnistía total para todos los acusados. “La interpretación es clara y no ofrece ninguna duda: quedan excluidos solo aquellos actos de terrorismo que hayan producido una vulneración grave de los derechos y libertades según el Convenio Europeo, lo que no se ha producido en los hechos objeto de este procedimiento”, ha argumentado en la vista de previo pronunciamiento que se ha celebrado este jueves. En consecuencia, la fiscal pide que quede extinguida la responsabilidad penal de los doce investigados. Ahora, la aplicación de la amnistía queda en manos del tribunal, que en los próximos días deberá decidir y pronunciarse al respecto.

 

Durante su intervención, Marta Durántez ha sostenido que, para excluir a los CDR de la amnistía, “hubiera sido necesario una violación grave e intencionada de los derechos humanos”, pero ha dejado claro que los acusados ​​“no llegaron a materializar ni iniciar ejecución de las conductas” y que “el peligro en la vida o la integridad física de las personas no llegó a producirse”. “No podemos partir de suposiciones o del potencial daño, sino de certezas, y esta es que no se produjo ninguna lesión a los derechos invocados como exclusiones de la amnistía”, ha añadido. La fiscal Durántez se suma así a los posicionamientos de la Fiscalía en el caso del Tsunami Democràtic: el ministerio fiscal pidió tanto a Susana Polo, que está investigando a Carles Puigdemont y Ruben Wagensberg en el Tribunal Supremo, como a Manuel García-Castellón, que tiene sobre la mesa diez investigados más por terrorismo en la Audiencia Nacional (entre los que está Marta Rovira), que aplicaran la amnistía.

La única voz contraria en el caso de los CDR ha sido la de la acusación popular, formada por Voxasociaciones de víctimas de terrorismo y la entidad Dignidad y Justicia. El abogado Ignacio Fuster-Fabra ha sido muy crítico con la norma, que considera que es “incompatible” con el derecho europeo y la Constitución. Durante su intervención, ha sido interrumpido por el juez por un discurso lleno connotaciones políticas y ha señalado que fueron los cuerpos de seguridad y la Justicia los que “evitaron” que se llegara a producir ningún atentado.

Un “indudable encaje” y una aplicación “fuera de toda discusión”

La vista ha empezado con los turnos de palabra de los abogados de las defensas. Quien ha abierto las intervenciones ha sido Carlos Hurtado, que, como el conjunto de sus compañeros, ha defendido el “indudable encaje” de los CDR en la amnistía y ha esgrimido que su “plena aplicación” está “fuera de toda discusión”. El motivo es claro: por las fechas, por el ámbito objetivo y porque no opera ninguna de las exclusiones. Xavier Monge ha subrayado que la amnistía está “redactada de forma muy clara e inequívoca por parte del legislador, cuya voluntad, pese a quien le pese, está claramente manifestada en la norma”.

Por su parte, Eva Pous ha denunciado que se trata de una “causa absolutamente prospectiva” y ha subrayado que “muchos de los actos descritos son el ejercicio de derechos humanos defendidos por convenciones internacionales”, como ir a una manifestación o ser independentista. “Se puede ser independentista y no por eso se tiene que poner a una persona en un proceso como el actual, un proceso largo solo por su ideología”, ha concluido.

Los escritos de acusación no aluden a ninguna posible exclusión

Muchos de los abogados han esgrimido que los escritos de acusación de la Fiscalía y de la acusación popular no relatan ningún hecho que pueda ser considerado una exclusión de la ley de amnistía. David Aranda ha dejado claro que dichos escritos no señalan ningún “acto preparatorio punible con la intención de atentar contra la vida humana” y no recogían ninguna “vulneración a algún derecho fundamental de alguna persona”. “¿Ha habido alguna víctima? ¿Hay alguna acusación particular? ¿Se ha solicitado responsabilidad civil para resarcir el daño de alguna víctima?”, se ha preguntado. Y la respuesta ha sido siempre la misma: “No”. Ha acusado a la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas de “menospreciar las supuestas víctimas inventando víctimas donde no las hay” y ha expuesto que en su página web no aparece ningún presunto acto terrorista llevado a cabo por los CDR.

En la misma línea, Jordi Busquets ha puesto en valor que aplicar la amnistía a los hechos tal como están expuestos en los escritos de acusación “no socava la directiva europea y el derecho de la Unión Europea” y “no ataca la prevención del terrorismo a nivel español o europeo”. Y ha remachado el argumento: los escritos de acusación “no hablan de que hubiera un objetivo de una destrucción masiva” y no mencionan las finalidades de “generar un estado de pánico en la población”. Además, Carles Perdiguero ha señalado que en esos escritos “no se desprende en ningún momento una actuación grave causadora de terror e intimidatorio” o una “potencialidad atemorizante” y Carlos Hurtado ha añadido que de los escritos “no se puede entender que concurra finalidad de carácter terrorista en la actuación de ninguno de los acusados” en unos actos que “han sido calificados por las propias acusaciones como tentativa”.

Ante las críticas dirigidas a la ley de amnistía, Montserrat Vinyets ha recordado que “no puede negarse al parlamento el dictado de una norma de legislación derogatoria con efectos retroactivos”. Asimismo, ha señalado que en ninguno de los hechos de la causa “existe la mínima violación grave de derechos humanos”. Finalmente, Marina Roig ha argüido que los hechos de la causa de los CDR “no pueden incardinarse en modo alguno en el concepto jurídico de graves violaciones de derechos humanos”, tal y como está entendido en “tratados internacionales y en tribunales internacionales que aplican esta materia”.

La importancia de citar la Directiva Europea

En sus intervenciones, los abogados de la defensa también han puesto en valor el hecho de que el precepto relativo a la exclusión del terrorismo aluda a la Directiva Europea y no al Código Penal español, como pactaron el PSOE, Junts y ERC en el segundo dictamen de la leyDavid Aranda ha destacado que “no es baladí” la referencia que se hace en la ley de amnistía a la directiva europea contra el terrorismo, que en ningún momento “hace referencia a la tenencia de precursores, la fabricación de sustancias o compuestos incendiarios”, que es lo que figura en los escritos de acusación.

Por su parte, Xavier Monge ha sostenido que el hecho de que se haga referencia a la Directiva Europea tiene todo su sentido porque es lo que España se ha comprometido a respetar con sus socios europeos en el límite de la impunidad de determinados actos”. “La directiva hace mucho énfasis en el hecho de que no se pueden dejar impunes los delitos graves, como ataques a la vida de las personas y, por el contrario, los actos destinados a que los poderes públicos se abstengan de hacer o no hagan algo no deben considerarse delitos de terrorismo”, ha añadido.

Los CDR en la Audiencia Nacional: una vista suspendida el pasado 1 de abril 

La vista de este jueves llega después de un primer intento fallido el pasado Lunes de Pascua. Ahora bien, una vez empezada, el magistrado se dio cuenta de que faltaba un abogado defensor, que ya había comunicado su baja por enfermedad, y suspendió la vista. Y fue justo el 30 de mayo, horas después de que el Congreso de los Diputados culminara la aprobación de la ley de amnistía, el juez reactivó la causa y convocó a todas las partes para este jueves 27 de junio. La cita de hoy se ha celebrado quince días después de que la amnistía se publicara en el BOE y entrara en vigor.

Los doce CDR están acusados de supuestas acciones violentas. Incluía, por ejemplo, el lanzamiento de aceite en la carretera C-55, al pasar la comitiva policial que llevaba a los presos políticos a la prisión de Lledoners en 2019. Sin embargo, en este caso fueron absueltos los 9 de Lledoners, incluidos dos de los investigados en la Audiencia Nacional. También apuntaban a la posible ocupación del Parlament con el objetivo de “mantenerse una semana dentro, con un presupuesto estimado de 6.000 euros y con antenas de larga distancia”, que no se llegó a ejecutar, o las protestas en Barcelona durante el Consejo de Ministros del 21 de diciembre del 2018. En la investigación, la Guardia Civil indicó que los procesados formaban parte dentro de los CDR de un grupo nombrado Equipo de Respuesta Táctica (ERT), que se calificaba de “célula radicalizada” y que planificaban actos de sabotaje en Catalunya.