Acusaciones de contraste. La Fiscalía pide que el periodista y exdirector de Catalunya Radio, la Agencia Catalana de Noticias (ACN) y del diario Principal, Saül Gordillo, sea condenado a la pena de multa de 9.000 euros como autor de una agresión sexual a una redactora del mismo digital, por haberle hecho tocamientos después de la cena de Navidad de empresa, el 1 de diciembre de 2022, en la discoteca Apolo de Barcelona, según el escrito de acusación al cual ha tenido acceso ElNacional.cat este lunes.

Por el contrario, la redactora pide  que Gordillo sea condenado a 4 años de prisión por un delito de agresión sexual, con la circunstancia agravante de ser el superior jerárquico. La profesional no pide ninguna indemnización. Como reparación simbólica a la víctima, su abogada, Noemí Martí, reclama que Gordillo se abstenga de difundir ante terceros las circunstancias de los hechos en contra de la víctima, especialmente, que se abstenga de desacreditar la veracidad de los hechos que se declaren probados en la sentencia, según ha podido saber este diario. 

Dos denuncias del mismo día

El periodista tiene otra causa abierta, en un juzgado de Badalona, por una agresión sexual a otra trabajadora del Principal, la misma madrugada. Gordillo, defendido por Carles Monguilod, aseguró que el primer hubo  consentimiento y que se le había "linchado" profesionalmente y personalmente. En el segundo caso, no quiso hacer declaraciones al salir de declarar de los juzgados de Badalona. La magistrada cerró la instrucción del caso el noviembre pasado y ahora está pendiente de recursos, antes de que se presenten los escritos de acusación.

El relato acusatorio de la Fiscalía

En el escrito de acusación, la fiscal relata que la denunciante era en la discoteca Apolo junto con unos compañeros de trabajo, todos ellos redactores y empleados del diario Principal, del cual el acusado era el director en aquellos momentos."En un ambiente festivo y mucho desenfadado", según la fiscal "Gordillo, presumiendo unilateralmente una aquiescencia en la mujer y con ánimo de satisfacer su ánimo libidinoso, aprovechó que la redactora se encontraba a su lado desde hacía bastante tiempo, para llevar su mano derecha disimuladamente a la espalda de ella y bajarla hasta la zona de los glúteos, manteniéndola breves instantes".

La fiscal añade: "Viendo que ella pareció no reaccionar, metió su mano izquierda por debajo del camal de los pantalones cortos de la pierna izquierda de ella, llegando su mano a la zona genital de la mujer, manteniéndola también breves momentos, después de la cual cosa la retiró, continuando el festejo entre los concurrentes durante al menos unos doce minutos más, hasta que el acusado abandonó el grupo". La representante del Ministerio Fiscal concluye que esta situación ha provocado que la redactora haya sido diagnosticada de estrés postraumático, sin que reclame nada por eso.
 

Una agravante no usada

Por estos hechos, la fiscal acusa Saül Gordillo del delito de agresión sexual  del artículo 178.1.3 del Código Penal, es decir toda acción sexual sin el consentimiento de la persona, tal como fija la reforma de la ley de 2022, conocida por la ley del 'solo sí es sí', que eliminó los abusos y todo es calificado de agresión. El punto 3 del artículo, significa que se puede agravar la pena de 1  a 5 años de prisión si se actúa con violencia o intimidación o sobre una víctima que tenga anulada "por cualquier causa"  su voluntad. Sin embargo, la fiscal solo pide que sea condenado a una pena de 20 meses de multa con una cuota de 15 euros diarios.  Además, solicita que se imponga al periodista la medida de libertad vigilada durante 2 años. Y,  la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio, sea o no retribuido, que comporte contacto regular y directo con menores de edad, por tiempo de 3 años.

La acusación particular ejercida por la víctima sí que pide una pena que comporta prisión para Gordillo, al aplicar el agraviado de superior jerárquico.