Más peticiones para la aplicación de la ley de amnistía. La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo (TS) que amnistíe a Roger Torrent, Josep Costa y otros dos miembros de la Mesa del Parlament, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado, juzgados y absueltos, por los delitos de desobediencia por admitir a trámite propuestas de resolución a favor de la independencia de Catalunya y contra la monarquía. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) los absolvió en 2022, pero la Fiscalía presentó un recurso al Supremo para que se repitiera el juicio. A la espera de la respuesta del Supremo sobre el recurso, ahora la fiscalía ha pedido la amnistía y el tribunal se reunirá el 9 de julio para decidir, según señala la ACN.
Costa rechaza la amnistía
A pesar de la petición de la Fiscalía de aplicar la amnistía, el exvicepresidente del Parlament, Josep Costa, ha solicitado al Tribunal Supremo que no se le aplique la ley de amnistía, ya que considera que su aplicación "se puede interpretar como un reconocimiento de culpa". En una publicación en las redes hace unos días reclamó que su causa sea declarada nula. "Como persona perseguida por razones políticas tengo derecho a rechazar la amnistía y obtener la anulación completa de la causa penal", afirmó. En la misma publicación reclamó hacer efectivo su "derecho a obtener una reparación y perseguir a los culpables", así como el derecho a exigir garantías de no repetición, textualmente.
Como persona perseguida por razones políticas tenc derecho a rechazar la amnistía y obtener la anulación completa de la causa penal, derecho a obtener una reparación y perseguir a los culpables, y derecho a exigir garantías de no repetición.
— Josep Costa (@josepcosta) June 27, 2024
Así lo establece la ONU y así lo he pedido al TS: pic.twitter.com/TH1BfxySmL
Absolución y recurso
En noviembre de 2022 el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) absolvió a los cuatro miembros de la Mesa del Parlament, presidida por Roger Torrent, por desobediencia al Tribunal Constitucional (TC) en 2019 al haber admitido a trámite el debate parlamentario sobre la independencia de Catalunya y la reprobación de la monarquía de forma genérica. El TSJC considera que los miembros de la Mesa no cometieron un delito desobediencia por falta de mandato claro y específico a las providencias del Tribunal Constitucional de los días 10 y 16 de octubre de 2019. Así pues, la mayoría del tribunal señaló que aquellas providencias permitían más de una interpretación. Y, por otra parte, la resolución incluye que no hubo dolo, que no ha quedado acreditado que los acusados tuvieran conocimiento y quisieran desobedecer los mandatos del Tribunal Constitucional. La Fiscalía no quedó conforme con la sentencia del TSJC y presentó un recurso en el Tribunal Supremo.
Al día siguiente de la absolución, Josep Costa anunció que recurriría ante el Tribunal de Estrasburgo. "La cuestión no es que me hayan absuelto a mí, sino que no reconozcan la soberanía del Parlament", explicó Costa y añadió: "Sigue siendo una vulneración de la democracia, de la separación de poderes y un atentado contra la inviolabilidad parlamentaria".