La fiscalía ha presentado también recursos contra la autorización para las salidas de Josep Rull y Jordi Turull de la prisión en aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario. El recurso se ha presentado en la Audiencia de Barcelona y se ha conocido hoy, el mismo día que se ha sabido que el Tribunal Supremo ha decidido tumbar el 100.2 de Carme Forcadell y ha abierto la puerta a revocarle también el tercer grado.

Ante la decisión sobre el permiso de Forcadell, la Audiencia Provincial de Barcelona ha enviado al Supremo los recursos contra el 100.2 de Jordi Cuixart, Jordi Sànchez y Quim Forn.

Por el contrario previamente y manteniendo les competencias habituales en esta materia, la Audiencia de Girona ya había desestimado el recurso contra el 100.2 de Dolors Bassa.

Escrito del fiscal

En el escrito, el fiscal recuerda que se opuso a la aprobación de la propuesta de aplicar a Rull y Turull el régimen del artículo 100.2 "para considerar que no concurren los requisitos necesarios para su concesión".

Recuerda que Rull está condenado a 10 años y 6 meses por delito de sedición, lo cual está ubicado como delito contra el orden público y Turull a 13 años por lo mismo y por delito de malversación de caudales públicos, por lo cual "el bien jurídico a proteger es el orden público y el adecuado funcionamiento de los servicios e instituciones públicas".

Asegura que no sólo no hay una "verdadera asunción delictiva ni arrepentimiento de los hechos cometidos" sino que sigue "justificando su actividad delictiva".

Jordi Turull trabaja en un bufete de abogados de Terrassa / Sergi Alcàzar

Tratamiento para respetar la Constitución

"La asunción delictiva y el arrepentimiento constituyen claves del proceso de tratamiento y reinserción que se tiene que llevar a cabo en los Centros Penitenciarios, pues sin duda tiene mejor pronóstico el delincuente que asume el delito y se arrepiente que el que no lo hace, siendo por eso que el interno ha de llevar a cabo en el Centro Penitenciario un programa que le ayude a comprender que los hechos que realizó son constitutivos de delito, no por su ideología, repetimos legítima, sino por su falta de respeto a la legalidad".

Argumenta que no ha habido un programa de "tratamiento específico" y que trabajar en los trabajos asumidos en el exterior no influirá de manera positiva en esta carencia.

De hecho, considera que "los programas de tratamiento en tales casos serían aquellos tendentes a inculcar el respecto a la Constitución y a las leyes" y que, cuestionar eso, equivale a cuestionar la sentencia del Tribunal Supremo.

Josep Rull trabaja en la Mutua de Terrassa / Sergi Alcàzar