La Fiscalía de Barcelona ha presentado un recurso directo de apelación contra la decisión de la titular del juzgado de instrucción 18 de la capital catalana de no admitir a trámite la querella de Carles Vallejo por torturas en la Jefatura de la Policía de Via Laietana durante el franquismo, según han informado fuentes fiscales este miércoles por la mañana. El ministerio público se basa en un informe redactado por la fiscal de sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática, Dolores Delgado, según el cual la nueva ley de memoria democrática 20/2022 "supera la jurisprudencia" alegada por la jueza que rechazó la querella por lo que refiere al deber del Estado de investigar los hechos. Al margen del movimiento de la Fiscalía, la defensa de Vallejo también ha anunciado que recurrirá la negativa.

Según ha explicado la Fiscalía General del Estado a través de un comunicaco, el archivo de la querella por crímenes contra la humanidad y torturas denunciadas por el sindicalista catalán es "prematuro", teniendo en cuenta la entrada en vigor la ley de memoria democrática que determina que se tiene que llevar a cabo "una investigación de los hechos y de su contexto" antes de decidir si se continúa con el procedimiento abierto o se cierra. Por todo eso, admite la Fiscalía, la jurisprudencia alegada por la jueza de Barcelona referida a la prescripción de los hechos "corresponde a un marco jurídico anterior" a la citada ley de memoria democrática.

En la misma línea, sigue el comunicado, se trata de aplicar "una interpretación con enfoque de derechos humanos y respetuosa con los principios vertebradores del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y de los Tratados y Convenios" sobre la materia en cuestión y conforme al artículo 10.2 de la Constitución española. Por todo eso, el ministerio público defiende firmemente la aplicación de la norma aprobada el año pasado, que tiene unos principios indiscutibles: "Reconoce el derecho a la justicia de las víctimas de violaciones de los derechos humanos cometidos durante la guerra civil y la dictadura, así como la obligación del Estado de investigarlo desde el ámbito de la justicia".

En este caso la Fiscalía de Barcelona ha actuado coordinadamente con la nueva unidad de Derechos Humanos y Memoria Democrática, a cargo de la exfiscal general del Estado y exministra de Justicia, Dolores Delgado, que firmó un oficio a favor de recorrer la negativa. Este informe aduce que la nueva ley establece la obligación del Estado a investigar los hechos para satisfacer el derecho de las víctimas a saber. En el informe se defiende que el “derecho a la justicia” tiene que actuar con “mayor rigor” en el momento que el objeto de la investigación sean “graves violaciones de los Derechos Humanos” que puedan constituir “crímenes contra la Humanidad” o “cometidos en un contexto de crímenes contra la Humanidad”. Además, Delgado se apoya en jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Supremo, así como en algunos votos particulares de magistrados del Tribunal Constitucional.

Los argumentos de la jueza para tumbar la querella

El movimiento de la Fiscalía responde a la decisión de la jueza de Barcelona de rechazar la admisión a trámite de la querella con el argumento que las torturas denunciadas por Vallejo por parte de agentes de la Brigada Político-Social los años 1970 y 1971 "son hechos prescritos y amnistiados" en virtud del olvido judicial decretado en 1977. Además, añadía que no se podían considerar constitutivos como delito de lesa humanidad, aunque los organismos internacionales afirman que no prescriben.

En la resolución detalló que el delito de torturas no se incluyó en el Código Penal español hasta el año 1978, y el de lesa humanidad hasta el 2003. Y, por lo tanto, sostuvo que no se podía aplicar estos delitos de forma retroactiva contra los policías denunciados por Vallejo. Para acabar, concluyó que la nueva ley de memoria democrática de 2022 no había derogado la ley de Amnistía de 1977 y, en consecuencia, se tenía que regir por el principio de legalidad penal.

Irídia también presenta recurso

Irídia, centro que lleva la querella de Carles Vallejo, también ha presentado este miércoles un recurso en la Audiencia de Barcelona para que revoque el archivo de la investigación, como la Fiscalía de Barcelona, con quien coincide a afirmar que la nueva ley de Memoria Democrática de 2022 permite y obliga a investigar los crímenes franquistas, a pesar de que la ley de Amnistía de 1977 esté en vigor.

En el recurso de la acusación particular de Vallejo, su abogada, Sònia Olivella, expone que la querella no es genérica porque “se dirige contra personas determinadas y con identidad conocida, los seis miembros del Cuerpo General de Policía adscritos a la Sexta Brigada Regional de Investigación Social” de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona, con sede en Via Laietana, 43 de Barcelona, y que participaron en los hechos denunciados. Añade que “los hechos relatados constituyen delitos de tortura, llevado a cabo en el marco de una actuación sistemática y generalizada conducida por parte de un régimen dictatorial —instaurado mediante un golpe de estado— contra una parte de la sociedad por su condición política, cultural, ideológica, condición sexual o de género”, y, por tanto, “se trata de un delito de lesa humanidad recogido en el Código Penal, en multitud de instrumentos internacionales ratificados por España y en el derecho internacional consuetudinario”.

En la resolución, la titular del juzgado de instrucción 18 de Barcelona expone que no puede admitir a trámite la querella del sindicalista porque tiene que cumplir el principio de legalidad penal e irretroactividad de las disposiciones desfavorables, la prescripción de los delitos y la vigencia de la ley de Amnistía. Y la penalista le reprocha que “haga referencia a una circular de la Fiscalía General del Estado de 2016, ya sin efecto, pero, en cambio, no tiene en consideración un pronunciamiento actualizado al marco jurídico actual y referente emitido por la fiscal jefe de Barcelona en conformidad con los criterios establecidos por la Fiscalía de sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática”. Y ante la falta de pronunciamientos de los tribunales sobre la nueva ley, como se indica que admite la instructora, se pide que se haga una mínima investigación.

Olivella concluye que: “Por el negado caso que se considerara que son amnistiables los hechos incluidos en la querella, el redactado de la ley de 1977 no excluye el deber de llevar a cabo una investigación penal antes de decidir sobre la amnistía, puesto que esta solo prevé la extinción de la responsabilidad criminal derivada de las penas impuestas o que se pudieran imponer”