La Generalitat, a través del departamento de Empresa y Conocimiento, ha recurrido ante el Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Barcelona la sentencia que declara nulo el Protocolo para la aplicación de la Ley 24/2015, de medidas urgentes para afrontar la emergencia habitacional y la pobreza energética. El recurso se fundamenta en el hecho de que el protocolo es una guía que facilita a los servicios sociales y de intervención la interpretación de la normativa aplicable con el fin de desplegar los mecanismos de protección necesarios para los consumidores vulnerables, y no una disposición de carácter general, tal como entiende la sentencia. Por eso, el recurso aclara que todos los elementos que la sentencia identifica como indicadores del carácter normativo del protocolo son sólo prescripciones de la ley 24/2015 que el protocolo se limita a reproducir.
Según el departamento, la anulación de este protocolo no ha afectado a la lucha contra la pobreza energética, ya que en este ámbito la Ley 24/2015 es de aplicación directa y no requiere de desarrollo reglamentario posterior.
En un comunicado, la Generalitat explica que la alegación también recuerda que ni la Ley 24/2015 ni el protocolo vulneran la distribución competencial en materia de energía, ya que la ley no impone ninguna prohibición a las compañías suministradoras, sino que establece que cuando la empresa suministradora tenga que hacer un corte de suministro tiene que solicitar previamente un informe a los servicios sociales municipales para determinar si la persona o unidad familiar se encuentra en una de las situaciones de riesgo de exclusión residencial determinadas por la misma ley. En este sentido, la Generalitat puntualiza que del protocolo no se derivan sanciones ni ninguna empresa ha sido objeto de expedientes sancionadores en base al protocolo.
Finalmente, el recurso considera que, como el protocolo no es una disposición de carácter general, no se puede considerar que no ha sido aprobado por el órgano competente ni que no ha seguido el procedimiento legalmente establecido, tal como también estima inicialmente la sentencia.
La Generalitat asegura que mantiene activos todos los mecanismos de lucha contra la pobreza energética. A la vigencia de la Ley 24/2015 añade el contrato programa con los entes locales a través del cual se destina 10 millones de euros a una línea de ayudas por pagar gastos de suministros de familias en riesgo; la inspección del cumplimiento de la Ley por parte de las empresas suministradoras; la investigación de las interrupciones indebidas del suministro por parte de las empresas, o la información y difusión de los derechos de las personas consumidoras en situación de vulnerabilidad, entre otros.