Los líderes independentistas del 1 de octubre acaban de recibir un golpe inesperado. El Tribunal Supremo ha decidido cambiar el criterio establecido hasta ahora y acepta revisar la concesión de los indultos a los presos políticos catalanes.
Recordemos que éstos se concibieron por el gobierno de Pedro Sánchez y el 23 de junio de 2021, Oriol Junqueras, Carme Forcadell, Jordi Sànchez, Joaquim Forn, Raül Romeva, Jordi Cuixart, Dolors Bassa, Josep Rull y Jordi Turull, salieron de la cárcel después de que La Moncloa decidiera anular sus penas por sedición y malversación.
Así pues, la sala contenciosa administrativa del Alto Tribunal ha acordado este martes estimar los recursos de reposición interpuestos por los demandantes, -PP, Vox, Ciudadanos y Convivencia Cívica Catalana-, contra la decisión de este mismo tribunal de rechazar la legitimación activa para recurrir las medidas de gracia otorgadas por el Gobierno de Pedro Sánchez.
Tal como adelanta el Supremo en un comunicado, "la sección quinta de la sala tercera contenciosa administrativa ha decidido por mayoría de 3 en 2 estimar los recursos de reposición interpuestos contra las actuaciones de la sala que inadmitieron los recursos contenciosos administrativos presentados contra los reales decretos por los cuales fueron indultados nueve condenados a la causa del procés. La Sala estima todos los recursos excepto el interpuesto por la entidad Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén, que se rechaza por unanimidad".
Cambio en los votos del TS
Esta decisión es contraria a la anterior del mismo Supremo. En su decisión inicial, en enero pasado, la Sección Quinta de Sala Contenciosa Administrativa del TS rechazó, por tres votos delante de dos, todos los recursos, particulares y de los partidos (PP, Vox y Ciudadanos) contra los indultos a los líderes independentistas, al considerar que no estaban facultados para emprender esta acción judicial para no tener un interés legítimo.
El criterio de ahora no es una casualidad y llega después de varios cambios en el Supremo. Concretamente, en esta Sala Contencioso Administrativa donde se sustituyó Ángeles Huet, la ponente del auto con el que se rechazaron los recursos, y la persona que desempató la votación, el magistrado y presidente de la sala, Segundo Menéndez, se ha jubilado. El lugar de Huet lo ha ocupado la magistrada Inés Huerta, que tiene un criterio distinto al de Huet.
Arrimadas: "Victoria contra los golpistas"
La primera en celebrarlo ha sido, desde Twitter, la todavía líder del partido naranja, Inés Arrimadas: "Una gran noticia, el Tribunal Supremo acepta nuestro recurso contra los ignominiosos indultos a los golpistas del procés. Ojalá pronto la victoria sea completa y anulemos esta maniobra impresentable del Gobierno Sánchez. Seguimos". De hecho, Ciudadanos ha sido, de momento, el partido más activo en reiterar su felicidad por este giro del Supremo y repetir sus adjetivos ofensivos contra los líderes independentistas.
Un precedente peligroso
Con todo, esta decisión del Supremo también marca un precedente al desmarcarse de la jurisprudencia actual que blindaba de facto las decisiones del Gobierno a la hora de conceder los indultos.
Así pues, hasta ahora, el derecho de gracia supone una potestad extraordinaria de injerencia del poder ejecutivo en el ámbito competencial de otro, el judicial, lo único en el cual corresponde, por mandato constitucional, y por ley, la función exclusiva y excluyente, la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo que se ha juzgado, de acuerdo con el artículo 117 de la Constitución y el artículo 1.2 de la ley orgánica del poder judicial.
El ejercicio de la gracia de indulto sólo resulta justificado de manera excepcional y como remedio a situaciones consideradas de injusticia notoria, para referirse a aquellos casos en que la ejecución de la pena dejaría de cumplir la función de resocialización que constitucionalmente tiene encomendadas. Pero hay que recordar que de indultos se producen centenares y el de los líderes del procés en ningún caso fue una rara avis.