El exconseller de Presidència Francesc Homs ha presentado este jueves un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia por el proceso participativo del 9-N, que lo condenó a una pena de un año y un mes de inhabilitación por un delito de desobediencia grave. El recurso argumenta que se lesionaron las garantías constitucionales y derechos fundamentales que lo tendrían que haber asistido durante el juicio.
Homs tuvo que abandonar su escaño en el Congreso de los Diputados a raíz de aquella sentencia dictada el pasado 22 de marzo por la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Vulneración de derechos
El recurso denuncia que se ha vulnerado el derecho a la doble instancia, a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva, reconocidos en la Constitución, la Carta Europea de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, además de los derechos a la igualdad, libertad de expresión e ideológica.
En este sentido, subraya que la causa contra Homs, que inicialmente se había desestimado, se abrió "muchos meses después" del inicio del caso del 9-N y "en curiosa consecuencia cronológica" con su elección como diputado en el Congreso, lo cual le convirtió en aforado y puso el caso en manos del Tribunal Supremo.
Esta circunstancia es la que ha dejado al exconseller sin una segunda instancia a la cual recurrir la sentencia, lo cual vulnera un derecho reconocido en la Constitución y el Convenio Europeo de los Derechos Humanos. En este punto, se subraya, además, la "incongruencia que el Tribunal que ahora tiene que decidir, es al mismo tiempo el ofendido por la supuesta desobediencia", lo cual lo imposibilita para asumir este segundo grado procesal en una instancia superior.
El recurso argumenta, al referirse a la presunción de inocencia, que la providencia dictada por el TC en que se fundamenta la condena, no señalaba destinatarios concretos ni advertencias legales de incumplimiento, que Homs "consideró que su actividad era correcta en todo momento", y que los argumentos utilizados para la sentencia podrían resultar insuficientes.
Además de denunciar que la causa obedece "únicamente a criterios de oportunidad política", el texto esgrime el hecho de que el Tribunal no aceptara pruebas de descargo –comparecencias del presidente del gobierno español y el ministro de Justicia o el fiscal general del Estado, entre otras- con lo cual se perjudicó la posibilidad de ejercitar el legítimo derecho de defensa y se provocó "flagrante y evidente indefensión".
Nulidad
En el amparo se reclama que se declare la nulidad de las resoluciones objeto de impugnación, se reconozca que lesionaron las garantías constitucionales y derechos fundamentales que tendrían que haber asistido a Homs en el previo procedimiento judiciales y se restablezca al demandado con las medidas adecuadas.
El recurso, que se plantea con voluntad de apelar a todas las instancias posibles antes de acudir al Tribunal de Estrasburgo, no desperdicia la ocasión de recordar que la causa contra Homs viene relacionada "con el interés constatado por el pueblo de Catalunya de poder ejercer su fundamental derecho a la libertad de expresión y participación política".