El informe del servicio científico del Bundestag, el Parlamento alemán, sobre el espionaje del CNI español al president Carles Puigdemont en territorio alemán, al que ha tenido acceso El Nacional, concluye que la actuación del servicio secreto español en Alemania sería "inadmisible" e incluso sería "punible". El informe ha sido elaborado a petición del partido Die Linke y concluye que solo sería legal una actuación de este tipo si hubiera una previa autorización de las autoridades alemanas, que no existió. "Las actividades de inteligencia de los servicios de inteligencia extranjeros en Alemania son generalmente inadmisibles como ejercicio de un poder estatal extranjero, a no ser que la República Federal lo permitiera", escriben a los expertos. Y precisan que eso incluye también la prohibición de la vigilancia de las telecomunicaciones en territorio alemán, cosa que quedaría vulnerada con el programa Pegasus.
El informe no concreta si Puigdemont y Boye fueron efectivamente espiados por el CNI en Alemania, porque el legislativo alemán no tiene datos sobre ello, pero describe cuál es la reglamentación sobre este supuesto y detalla lo que se vulneraría. Al ser preguntado sobre este espionaje, el gobierno alemán indicó lacónicamente en su momento que no tenía conocimiento de ello.
Hay en cuestión además que uno de los espiados en este caso sería el abogado Gonzalo Boye, que tiene nacionalidad alemana y chilena, lo que hace que sus derechos fundamentales en Alemania sean objeto de especial protección. El informe, sin embargo, matiza que el estado alemán está obligado a proteger los datos personales de todas las personas que residan en su territorio, y eso incluiría a Puigdemont cuando estuvo en Schleswig-Holstein y posteriormente en Berlín en el 2018. "Estas obligaciones de protección existen de la misma manera para los nacionales alemanes que para los nacionales de la UE o de terceros países", precisa. Argumenta que en este caso se trata de los "derechos fundamentales de todos", que se tienen que diferenciar de los derechos fundamentales que solo implican a los alemanes, como sería la libertad de empleo.
El informe deja claro que, según la jurisprudencia alemana, tiene que ser muy restrictiva la presencia de servicios secretos extranjeros en Alemania. "Los servicios extranjeros solo estarán facultados para llevar a cabo medidas de vigilancia dentro de Alemania, si existe una razón específica para eso, y si se garantiza la aplicación sin restricciones de la protección de los derechos fundamentales en términos de derechos sustantivos y de procedimiento, con bases jurídicas detalladas", señala. El texto recuerda que el Código Penal alemán prevé una pena de hasta 5 años de cárcel si alguien realiza actividad de inteligencia para un servicio secreto extranjero "contra la República Federal Alemana", y en el caso de espionaje a sistemas informáticos de terceros habla de una pena de 3 años de prisión.
Finalmente el Bundestag detalla los diferentes programas de cooperación entre servicios de inteligencia a los que está suscrita Alemania, todos ellos dedicados a China, Rusia y Corea del Norte. De estos, España solo forma parte del acuerdo 14 ojos y el Berner Club. El acuerdo 14 ojos, que nació como 5 ojos, nació durante la Guerra Fría para compartir información sobre la URSS, y actualmente se centra en Internet. Y el Berner Club incluye todos los Estados de la UE, además de Suiza y Noruega, e intenta prevenir el terrorismo.
En la imagen principal, información sobre Carles Puigdemont en el metro de Berlín en el 2018 Foto. El Nacional