El informe de los letrados del Parlament, hecho público este viernes al mediodía, mantiene detenido el reloj de la investidura. Como consecuencia de la impugnación del Gobierno español, y a falta de una decisión del Tribunal Constitucional, consideran que el plazo de diez días queda suspendido, y que por lo tanto no empiezan a correr los dos meses hasta la disolución de la cámara y la convocatoria automática de elecciones.

El informe, solicitado por todos los grupos de la cámara, ha tardado diez días en llegar. Si bien los letrados coincidían que la cuenta atrás no se activaba, hubo discrepancias sobre si había que incluir recomendaciones para desbloquear la situación. De hecho, el documento sólo firmado por el secretario general de la cámara, Xavier Muro, y no por el letrado mayor, Antoni Bayona. Este último era inicialmente el ponente del informe, pero el pasado martes decidió desvincularse por falta de consenso.

Concretamente, los letrados concluyen que el aplazamiento del debate de investidura de Carles Puigdemont por parte del presidente Roger Torrent no se produce "como consecuencia de una voluntad deliberada", sino a causa de un órgano externo al Parlament. Por este motivo, hasta que el Tribunal Constitucional no admita o desestime la impugnación, afirman que "se puede considerar suspendido el plazo de diez días" para el primer debate de investidura.

 

En este sentido, los letrados apuntan que, considerar que han vencido sin haber una primera votación fallida -como reclama la ley de la Presidencia y del Govern-, "supondría crear un supuesto de disolución anticipada no previsto en la norma, mediante una interpretación extensiva." Eso afectaría a los derechos de los diputados y "pondría en manos del presidente un instrumento exorbitante para provocar esta disolución sin presentar tan sólo un candidato, desfigurando su papel institucional".

Mecanismos de desbloqueo

Los letrados dan al presidente de la cámara la posibilidad de desbloquear la cuenta atrás sin necesidad de una investidura fallida, con un "acto equivalente". Pasaría por, después de una nueva ronda de consultas, comunicar "la constatación de bloqueo político que impide que prospere un candidato". Esta facultad correspondería al president Torrent, "dado que es a quien se atribuye la función de proponer el candidato".

Si se prolongara el bloqueo institucional después de una decisión del TC sobre la admisión a trámite, continúa el documento, Torrent se encontraría facultado para activar el inicio del cómputo de los dos meses. Por otra parte, los letrados también abren la puerta a "estudiar la posibilidad" que los grupos parlamentarios impulsen este "acto equivalente" a una investidura fallida.

Diez días de debate intenso

La ley de la Presidencia y del Govern establece que, dentro de los diez días siguientes a la constitución del Parlament, el candidato a la investidura propuesto por el presidente de la cámara debe presentar ante el pleno su programa y someterse a una votación. Por otra parte, el reglamento indica que, si esta votación es fallida, se activa en ese momento un plazo de dos meses antes de que se disuelva automáticamente la cámara.

Es por este motivo que, tras la impugnación del debate de investidura de Puigdemont por parte del Gobierno español, así como el aplazamiento de este pleno por parte de Roger Torrent, todos los grupos coincidieron a la hora de pedir la opinión a los letrados. Han tardado diez días después de mucho debate interno, que ha hecho que el informe sólo sea firmado por Xavier Muro.

El ponente inicial, Antoni Bayona, había planteado una serie de recomendaciones a Torrent: que pusiera en marcha una nueva ronda de contactos para un candidato alternativo, que comunicara la imposibilidad de encontrar un candidato con suficiente apoyo o que esperara a la resolución del TC sobre la admisión a trámite.