La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado abrir un expediente contra el presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, por la vulneración de la Ley electoral en la entrevista que ofreció a La Sexta desde La Moncloa el 25 de octubre.
Según la JEC, Sánchez vulneró el artículo 50.2 de la Constitución por haber hecho la entrevista "a una de las salas del Palacio de La Moncloa", un hecho que por si solo no sería determinante, sin embargo "el examen de la entrevista pone de relieve que la escenografía donde se desarrolla, con el uso de símbolos y elementos públicos, comporta poner al alcance de uno de los contendientes a las elecciones la posibilidad de utilizar medios institucionales que no están disponibles para los restantes candidatos, con la consiguiente ruptura del principio de igualdad de armas".
Además también tiene en cuenta que La Moncloa colgó en la página web institucional de la Presidencia la transcripción de la entrevista, un dato "crucial para apreciar si se ha vulnerado" el artículo 50.2 de la LOREG. Según la JEC, la propia Moncloa admitió en sus alegaciones que difundió la entrevista por este canal, de manera que admitió directamente –según la JEC- "el uso de una página pública oficial para la difusión de manifestaciones de contenido electoralista, cosa que rompe el principio de neutralidad política".
Por todo ello, la JEC determina que Sánchez vulneró el artículo 50.2 de la Constitución y que hay que incoar un expediente sancionador teniendo en cuenta que su ejecutivo ya había sido advertido que tenía que respetar el principio de neutralidad de los poderes públicos.
La JEC desestima un tercer motivo de denuncia contra Sánchez por parte del PP, que consideraba que la declaración institucional que hizo a La Moncloa en motivo de la exhumación de Franco también había vulnerado el principio de neutralidad de los cargos institucionales.
Celaá también expedientada
La JEC expedienta también a la portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Celaá, por declaraciones en la rueda del Consejo de Ministros del mismo día, el 25 de octubre. En los dos casos actúa en respuesta a una denuncia del PP. La portavoz aseguró que el paro había alcanzado la tasa más baja en una década y que "nunca había habido tantas personas al mercado laboral". También aseguró que su ejecutivo seguiría trabajando para conseguir "un gobierno fuerte" para conseguir "la estabilidad que el país necesita".
La JEC considera que son manifestaciones "previamente elaboradas" para "destacar los hitos de una gestión pretendidamente positiva" y favorecer el resultado electoral del PSOE. Por lo tanto, según la JEC, Celaá también vulneró el artículo 50.2 de la LOREG y le abre expediente.
Multas de 300 a 3.000 euros
El expediente sancionador puede suponer multas de entre 300 y 3.000 euros para cada uno de ellos. Según el artículo 153 de la ley "toda infracción de las normas establecidas a la presente ley que no constituyan delito serán sancionadas por la Junta" con una multa "de 300 a 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios", como es el caso de Sánchez.