El TSJC ha liquidado ya la condena de Irene Rigau por la consulta del 9-N, pero en el caso de Joana Ortega la deriva a los juzgados de instrucción por si se ha cometido un delito de incumplimiento de pena.
Ortega estaba inhabilitada 9 meses a partir que la sentencia era firme. Eso fue en enero del 2019, después de todos los recursos. Pero Joana Ortega aceptó cargos públicos antes de acabar el cumplimiento de la pena.
La exconsellera de Gobernación, juzgada por la consulta del 9-N junto con Artur Mas y Irene Rigau, acababa el cumplimiento de la condena el 19 de octubre de este 2019, pero el 17 de mayo fue nombrada por la consellera de Empresa, Maria Àngels Chacon, asesora en Proyectos Transversales.
El TSJC anula ahora, primero el cargo que desarrolla Ortega, y después el cumplimiento de la pena desde el 17 de mayo hasta que deje el cargo. A Joana Ortega, por lo tanto, le faltarían cumplir todavía 5 meses de inhabilitación.
Si ha habido o no el delito de ruptura de la condena lo decidirá un juez de instrucción que podría condenar a Ortega a una multa de entre 12 y 24 días.
Joana Ortega ja ha dicho que presentará recursos. Lo ha comunicado por twitter.
Ara el @tsj_cat insta que se m’investigui per haver assessorat el govern uns mesos. La sentència estableix inhabilitació per “càrrecs públic electes i funcions de govern”. No he incomplert res. Recorrerem. Seguim per defensar la meva innocència. Gràcies pel suport #9N
— Joana Ortega (@joanaortega) December 10, 2019
El requerimiento judicial explica que Joana Ortega "consta haber sido nombrada como asesora de la consellera de Departamento de Empresa y Conocimiento de la Generalitat de Catalunya, en resolución de 8 de mayo de 2019, y que formalizó un contrato con al Corporación Catalana de Medios audiovisuales, S. A. en función del cual prestó servicios entre el 3 de septiembre de 2018 y el 31 de julio de 2019, por los cuales habría percibido durante el tiempo de cumplimiento de esta pena, el importe global de 875 euros. Por la asesoría en la Conselleria del Departamento de Empresa y Conocimiento de la Generalitat de Catalunya se informa de que percibió un importe bruto de 32.110,84 euros entre mayo y octubre de 2019".
La fiscalía posicionó en contra de liquidar la pena, mientras que la defensa de Ortega alegó que la ocupación no era una actividad prohibida en la condena de inhabilitación.
La resolución del TSJC reza: "Revocamos y dejamos sin efecto el auto de 25 de febrero de 2019, por el cual se aprobaba la liquidación de condena respecto de la pena impuesta a la Sra. Joana Ortega y Alemany, de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos de ámbito local, autonómico o estatal, y para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito autonómico y estatal, por tiempo de nueve meses".
Además el 7 de octubre el Comité Ejecutivo del ACM nombró a Joana Ortega como nueva secretaria general. En el momento de su nombramiento el presidente del ACM, Lluís Soler, destacaba que Ortega aportaba "un sentido simbólico, ya que estamos en momentos excepcionales y tenemos actores excepcionales que han trabajado para la construcción del país con el anhelo colectivo de libertad".