Los jueces madrileños han acordado el desalojo cautelar de ocupas, tal como ha informado este lunes al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en un comunicado. Los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid han decidido por unanimidad unificar el criterio para que se estime pertinente la adopción de la medida cautelar de desalojo de ocupas y restitución del inmueble al propietario, si hay indicios de allanamiento o usurpación y efectos perjudiciales al legítimo poseedor. El acuerdo se alcanzó en la Junta Sectorial celebrada el viernes pasado, en la cual también se fijó un criterio respecto de la aplicación de la ley del solo sí es sí — saltándose el decreto del Fiscal General del Estado.
De esta manera, los jueces de las secciones penales estiman pertinente que se acuerde la medida cautelar de desalojo si es solicitada y si se aprecian sólidos indicios de la ejecución del delito de allanamiento o usurpación. Un criterio adoptado tanto si el sujeto pasivo es una persona física como si se trata de una persona jurídica de naturaleza pública o privada. Los magistrados han tenido en consideración no solo las víctimas o perjudicados por el delito, sino también a los vecinos a los cuales el mismo delito les pueda suponer un menoscabo directo en pleno disfrute de sus derechos.
Personas vulnerables y servicios sociales
Todo, "sin perjuicio que cuando se observe una situación de especial vulnerabilidad en las personas que ocupan el inmueble (menores, personas con discapacidad, etc.) de forma simultánea se dé traslado a los servicios sociales a fin de que adopten las medidas oportunas para su protección, facilitando las soluciones que procedan". En el acuerdo de unificación de criterio, los magistrados de las secciones penales de la Audiencia Provincial recuerdan que el artículo 13 de la ley de enjuiciamiento criminal habilita la autoridad judicial a adoptar todas las medidas que resulten necesarias para preservar y tutelar los bienes jurídicos ofendidos por la comisión del delito presuntamente cometido.
En Catalunya, el Govern anunció en septiembre que ayuntamientos y comunidades de propietarios podrán instar el desalojo de ocupaciones delincuenciales. Fue un paquete de cambios legislativos para combatir las ocupaciones de inmuebles en los cuales se registran casos de alteración de la convivencia o la práctica de actividades ilícitas que comportan una utilización anómala de la vivienda. Es decir, que el objetivo de los Departaments de Justícia y Drets Socials era proporcionar a los ayuntamientos y comunidades de propietarios los instrumentos legales para instar judicialmente el desalojo de un inmueble ocupado ilegalmente cuando el propietario lo haga y se detecte que una finca genera problemas de convivencia.