El magistrado sustituto del juzgado del contencioso administrativo Alfonso Villagómez Cebrián ha anulado la orden del gobierno de Madrid de prohibir fumar en espacios públicos sin distancia de seguridad o el hecho de comer en el transporte público, según recoge El País.

El juez entiende que la normativa regional no se puede aplicar, según recoge el diario, porque hace referencia a una orden del Ministerio de Sanidad que no ha sido publicada previamente en el Boletín Oficial del Estado. La falta de este paso previo produce indefensión para los ciudadanos y la convierte en "nula de pleno derecho", según el auto al cual ha tenido acceso El País.

Además, mantiene que un ejecutivo autonómico no puede limitar los derechos fundamentales si no se declara previamente un estado de alarma.

En Catalunya, no se puede fumar

Desde el martes, en Catalunya ya no se puede fumar en la vía pública siempre que no se pueda garantizar una distancia mínima de al menos dos metros. Esta semana, el Diari Oficial de la Generalitat ha publicado la normativa que desarrolla la orden del ministerio de Sanidad acordada en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

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Unas personas fuman en una terraza / Efe

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, anunció esta prohibición el viernes pasado y, desde entonces, cada comunidad autónoma ha estudiado la manera de aplicarla en su territorio. Algunas ya han aprobado resoluciones que han entrado en vigor, mientras que otras lo harán esta semana, como ya han anunciado Asturias o Valencia.

El ministro aseguró que la prohibición de fumar y once medidas más eran un "mínimo, en ningún caso un máximo", cosa que significa que las autonomías podrán endurecerlas si lo creen necesario.

 

Imagen principal: una persona fumando / Efe