Archivado. El titulado del juzgado de instrucción 29 de Barcelona ha archivado la querella que la Generalitat y un grupo de abogados catalanes presentó contra el exlíder del PP Pablo Casado, a quien acusan de un delito de injurias con la agravante de odio, según una resolución difundida este martes, a la cual ha tenido acceso ElNacional.cat. Para el magistrado, Casado cometió un "exceso de expresiones", cuando mintió y aseguró, en un mitin en Galicia, que en Catalunya no se permitía ir al lavabo a los niños si no lo piden en catalán, pero añade que se enmarca en el debate político, en este caso, sobre el modelo de la escuela catalana, donde predomina la libertad de expresión.
Josep Rosell, del Equipo de Abogados Independentistas, ya ha adelantado que presentarán recurso a la Audiencia de Barcelona y que la intención es llegar a Estrasburgo para denunciar ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que el estado español no investiga delitos de odio contra la escuela catalana. Añade que la justicia archiva la causa a Casado, mientras hay tres ciudadanos catalanes a un paso de juicio por hacer tuits que critican a políticos españoles como el exlíder del PP, en referencia a la causa de la familia de Canet de Mar.
Ningún arrepentimiento
Pablo Casado declaró como investigado en el juzgado por videoconferencia, el marzo pasado, y afirmó al juez de Barcelona que “no contrastó” personalmente las acusaciones falsas que dijo sobre la escuela catalana en un acto político del Partido Popular en Galicia el diciembre de 2021. En concreto, el entonces presidente del PP aseguró que “no dejaban ir al lavabo los niños si no lo pedían en catalán“ y que “se les ponía piedras en la mochila”. En la declaración, Casado se amparó en su inviolabilidad parlamentaria y aseguró que con sus palabras “protegía a la familia de Canet de Mar”, que a su parecer fue perseguida por haber pedido el 25% de castellano en la clase de su hija. El expopular también aseguró que criticaba “al Gobierno, ERC y Junts”, por fomentar una nueva ley educativa, y no mostró ningún arrepentimiento.
Ámbito público
En la resolución, el magistrado Santiago García afirma que las declaraciones de Pablo Casado quedan amparadas en la libertad de expresión e información, y cita jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que “no solo se tienen que permitir las críticas inofensivas o indiferentes, sino también las que puedan molestar, inquietar o disgustar”.
El juez argumenta que los delitos de calumnias e injurias se tienen que analizar en el contexto que se realizan y que en este caso es en el de la participación política, y concluye: “En el análisis de los excesos en las expresiones proferidas en la contienda pública tienen que hacerse en este contexto de límites y en este caso, es procedente el archivo de la querella porque se trata de un debate político entre personas y que afecta a aspectos públicos no privados de la vida”.
Se da la circunstancia de que Pablo Casado ya presentó recurso a la Audiencia de Barcelona para pedir el archivo de la querella contra él. Y el juez, sin esperar la respuesta del tribunal, ya ha ordenado el sobreseimiento libre de la investigación.