Un juez ha ordenado la retirada inmediata y definitiva de la pancarta con un lazo amarillo a favor de los presos políticos que cuelga de la fachada del ayuntamiento de Sant Cugat de Vallès (Vallès Occidental), al concluir que supone una "clara vulneración" de la neutralidad política.
Así lo ha acordado el juzgado contencioso administrativo número 10 de Barcelona en una sentencia, que se puede recurrir, en que da la razón a la demanda que interpuso en diciembre de 2018 el grupo municipal de Ciudadanos para pedir la retirada de la pancarta con el lema "libertad presos políticos" y con un gran lazo azul que cuelga de la fachada del edificio consistorial.
Después del ingreso en la prisión de los presos del procés, en el 2017, el consistorio de Sant Cugat, entonces en manos del PDeCAT, colocó la pancarta primero en el balcón del edificio, aunque fue arrancada por ultras en una manifestación a favor de la unidad de España, delante de lo que el gobierno local repuso otra mayor en la fachada, en una decisión que, según el juez, es "contraria a derecho", de manera que ordena su retirada "inmediata y definitiva".
La pancarta se considera manifestación política
Según la sentencia, la pancarta, que ha mantenido colgada el tripartito -ERC, PSC, a CUP- que gobierna en Sant Cugat desde el 2019, comporta una manifestación política que expresa la adhesión a una determinada opción ideológico-política, y ha sido colocada "al margen de las leyes y al régimen de competencias de la administración local".
Todo eso supone, según el juez, una "clara vulneración del principio de objetividad y neutralidad política que tiene que presidir la actuación de las administraciones públicas, los principios de la cual exigen de las autoridades municipales la no utilización de las instalaciones del Ayuntamiento para reivindicaciones partidistas que pueden ser completamente legítimas, pero que no pueden defenderse mediante el uso de medios públicos".
El juez resalta además que el ayuntamiento no ha dictado ni adoptado ningún acto administrativo para dar cobertura jurídica a la colocación de la pancarta, de manera que el consistorio ha actuado por la "vía de hecho", más allá de aprobar resoluciones en su pleno en contra de la "escalada represiva" contra el independentismo y exigir la libertad de los políticos presos.
Según el juez, aunque la pancarta supone la "ejecución material" de los acuerdos municipales en contra de la "represión" al independentismo, su colocación "escapa a la debida y preceptiva cobertura jurídica que tiene que amparar toda actuación administrativa".
"Es decir, a pesar de considerar que la actuación llevada a cabo por el ayuntamiento de Sant Cugat es ejecución material de aquellos acuerdos, hace falta que haya un acto administrativo de cobertura de esta actuación, bajo pena de incurrir en vías de hecho en caso contrario, como ha pasado", concluye.