La jueza ha insistido a Carlos Mazón que quiere saber quién envió la alerta por la DANA. En un auto que ha sido notificado este jueves en las partes, la titular del Juzgado de Instrucción 3 de Catarroja (Horta Sud) ha vuelto a requerir a la Generalitat valenciana que comunique quién tomó la decisión de enviar el SMS de alerta por la DANA el pasado 29 de octubre —en un plazo máximo de cinco días—, a la vez que ha pedido a la Confederación Hidrográfica del Xúquer (CHX) que facilite los datos relativos al caudal del barranco de Poio de las 16.13 horas a las 18.42 horas de aquel día y cómo se transmitieron.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la magistrada también ha acordado solicitar a diferentes medios de comunicación material videográfico sobre la crecida de la rambla y las declaraciones y las comunicaciones efectuadas por autoridades y responsables de Emergencias, tanto sobre el conocimiento del sistema Es-Alert como "sobre el nivel de alerta y la evolución de las circunstancias meteorológicas" durante aquella fecha. Finalmente, ha acordado citar a declarar en calidad de perito un investigador de la Universitat Politècnica de València (UPV) en relación con un estudio cartográfico en el cual se detalla "de forma minuciosa" los niveles a los cuales llegó el agua después del desbordamiento del barranco de Poio en municipios del Horta Sud.
El desconocimiento de las víctimas
La resolución judicial recopilación que, de la práctica de los ofrecimientos de acciones y declaraciones de testigos y familiares de los muertos del partido judicial de Catarroja, "se constata un desconocimiento por las víctimas de la situación de altísimo riesgo en la cual se encontraban por el desbordamiento de la rambla de Poio, así como del barranco de l'Horteta". En esta línea, recuerda que muchas víctimas de la tercera edad "se encontraban en las plantas bajas de sus domicilios y murieron en ellos", mientras que otros estaban o circulaban por las calles o bajaban a sacar vehículos de sus garajes cuando el mensaje de alerta donde se instaba a evitar desplazamientos "se envió a los teléfonos móviles a las 20.11 horas".
La jueza considera que es necesario analizar no solo si se produjeron las oportunas mediciones del caudal del barranco de Poio y su conocimiento por parte de los responsables de Emergencias, sino también si la "simple percepción directa de cualquier persona próxima" a esta rambla de la "intensidad del desbordamiento" pudo permitir a estos responsables conocer la situación. Además de analizar la emisión del SMS por el sistema Es-Alert, la magistrada entiende que hay que saber también si se comunicó el riesgo existente a la población y la evolución de las circunstancias meteorológicas por "otros medios" de forma previa, como "conferencias de prensa, declaraciones públicas o comunicados oficiales a los medios".
¿Quién tomó la decisión?
Sobre el envío del SMS, indica que en la documentación remitida por la Conselleria d'Interior i Emergèncias no se responde a la petición de información sobre qué persona tomó la decisión, motivo por el cual ahora ha vuelto a requerir a la Generalitat para que lo comunique "en el improrrogable plazo de cinco días". También solicita a la Conselleria que identifique el funcionario o el técnico que ejecutó el orden. Por otra parte, el auto señala que existe un intervalo de tiempo sin mensajes sobre el caudal de la rambla de Poio en las comunicaciones de la CHX de la tarde del 29 de octubre, entre un correo de las 16.13 horas y otro de las 18.42.
Sin embargo, la jueza precisa que la misma CHX informó en una nota de prensa del 4 de febrero que el Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) "funcionaba y transmitía datos actualizados cada cinco minutos". Es por esta razón por la cual la magistrada requiere a la Confederación que facilite "la integridad" de los datos existentes en este intervalo de tiempo sobre el caudal del barranco y concrete "el medio utilizado de transmisión", si este consistía en su publicación en la página web de la CHX o si se utilizó ningún otro. El auto, que ha sido notificado ya a la Fiscalía y a las siete acusaciones particulares personadas hasta ahora en el procedimiento, puede ser recurrido en reforma o apelación.