La titular del juzgado de instrucción 18 de Barcelona, Carmen García Martínez, no ha admitido a trámite la querella del sindicalista y militante del PSUC Carles Vallejo por torturas en la Jefatura de Via Laietana durante el franquismo, según ha anunciado este miércoles Irídia, que lleva su denuncia. La resolución llega semanas después de que la Fiscalía, con la intervención de la fiscal de la Unidad de Derechos Humanos y Memoria Democrática, cambiara de opinión y pidiera a la magistrada la admisión de esta querella, de acuerdo con la nueva ley española de Memoria Democrática.

En la resolución, a la cual ha tenido acceso ElNacional.cat, la magistrada afirma que la denuncia de Vallejo de haber sido torturado por agentes de la Brigada Político Social en los años 1970 y 1971, son "hechos prescritos y amnistiados". Además, añade que no son constitutivos del delito de lesa humanidad por torturas, el cual los organismos internacionales afirman que no prescriben. Detalla que el delito de torturas no se incluyó en el Código Penal español hasta el año 1978, y el de lesa humanidad hasta el 2003, por lo tanto, sostiene que no se pueden aplicar estos delitos de forma retroactiva contra los policías denunciados por Vallejo. Y, concluye que la nueva ley de Memoria Democrática de 2022 no ha derogado la ley de Amnistía de 1977 y, en consecuencia, se tiene que regir por el principio de legalidad penal.

Presentación de recursos

Está previsto que ahora, Irídia, con el apoyo de Òmnium Cultural, y la misma Fiscalía presenten recurso en la Audiencia de Barcelona para que revoque esta negativa.  La abogada de Vallejo, Sònia Olivella, ha confirmado que presentará recurso de apelación ante la Audiencia de Barcelona "por vulneración de tutela judicial efectiva de acuerdo con el derecho internacional que permite la investigación de los crímenes del franquismo", y a la vez ha asegurado que "el legislador puede hacer más". Irídia es una de las entidades de derechos humanos que reclama la derogación de la ley de Amnistía de 1977. En la concentración de esta mañana en vía Laietana, Vallejo ha afirmado que "es una lucha histórica" y que reclama que "se investigue" lo que le hicieron, tal como un juzgado de Madrid ha admitido recientemente una querella por torturas durante el franquismo.

Carles Vallejo, con su abogada y representantes de entidades memorialistas, delante de la Jefatura de la Via Laietana, este miércoles. / Foto: Irídia

Por su parte, la consellera de Justicia, Gemma Ubasart, ya ha anunciado, a través de Twitter, que también presentarán recurso porque "el derecho internacional de derechos humanos establece el marco para abrir procesos judiciales" y que "hay camino para fijar la verdad jurídica sobre crímenes del franquismo". Recientemente, la magistrada ha comunicado a la Generalitat que la acepta como acusación popular en el caso Vallejo, la primera del Govern, si presenta una querella y obtiene el consentimiento del afectado.

Caso Puig Antich

En el auto, la magistrada manifiesta que la Constitución la obliga a respetar el principio de legalidad penal y de no aplicar de forma retroactiva delitos que no eran vigentes en el momento de los hechos, y más si son en perjuicio de la persona. Para ilustrarlo detalla resoluciones que precisan que el derecho penal internacional se tiene que aplicar una vez se ha traspuesto a la norma española, y en el caso del sindicalista Carles Vallejo, que se querella por el delito de lesa humanidad por torturas, no era vigente en el Estado español el 1971.

La magistrada García cita el caso de la querella presentada el 2017 por el Ayuntamiento de Barcelona contra el entonces militar y abogado Carlos Rey por haber firmado la condena de muerte de Salvador Puig Antich, el último preso político ejecutado a garrote vil por la dictadura franquista en 1974. Un juzgado y la Audiencia de Barcelona la rechazaron el 2020, aduciendo que no estaba adaptada la norma internacional. 

También precisa que entonces la Audiencia de Barcelona hizo referencia a la conocida y citada sentencia del Tribunal Supremo de 2012, en el caso de prevaricación contra el juez Baltasar Garzón, en el cual precisa que el derecho penal internacional no puede crear delitos penales de aplicación de forma directa al Código Penal español. Y recuerda que la Audiencia de Barcelona afirmaba que el Gobierno tenía que derogar la ley de Amnistía de 1977 si se quería investigar los delitos cometidos durante el franquismo.

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Respuesta del Tribunal Constitucional

En la elaborada resolución, la magistrada también analiza la sentencia del Tribunal Constitucional de 2021, a la cual hacen referencia Irídia y la Fiscalía con los tres votos particulares para destacar que apuestan por investigar los delitos del franquismo. La titular del juzgado de instrucción 18 de Barcelona, pero, aclara que en estos votos particulares los magistrados solicitaban admitir el recurso para entrar al fondo y debatir temas como el principio de legalidad penal y la ley de Amnistía y no rechazar el recurso, como se hizo.

Obstáculos insalvables

"Para esta instructora, esta petición de reflexionar y escuchar a las víctimas, dándoles una respuesta completa, profunda y adecuada, como forma de reparación y de hacer justicia, a la cual hace referencia el último párrafo del voto particular, no implica necesariamente la apertura de un procedimiento penal", afirma la magistrada sobre el voto particular del TC. E insiste: "Los principios de legalidad penal, de irretroactividad de disposiciones desfavorables, la vigencia de la Ley de Amnistía son obstáculos insalvables a la vista del actual estado de la jurisprudencia constitucional."

Finalmente, concluye que la ley de Memoria Democrática de 2022 cuando hace referencia a investigar, "no se refiere en términos de investigación penal", sino de la jurisdicción voluntaria, citando estudios que analizan la norma.  E insiste que si no se deroga la ley de Amnistía de 1977 no puede hacer más que inadmitir la querella de Carles Vallejo.