La titular del Juzgado de Instrucción número 20 de Barcelona, Mercè Fernández, ha rechazado este lunes la propuesta de aplicación de la ley de amnistía al exconseller de Cultura, Santi Vila, en la causa penal abierta contra él para no devolver los bienes del Monasterio de Sixena (Huesca). Al denegar la aplicación de la amnistía, la jueza mantiene la celebración de juicio oral para los días 6 y 7 de mayo de 2025.
En su auto, la magistrada entiende qué los hechos imputados a Vila no pueden considerarse "actos cometidos con intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Catalunya", y que el caso se retrotrae a la sentencia que anuló en el 2015 las ventas de los bienes citados por ilegales, efectuadas entre 1992 y 1993. La jueza compra los argumentos tanto de la fiscalía como de la acusación particular, el Ayuntamiento de Vilanova de Sixena, que en los supuestos previstos en la ley de amnistía "no concurren, ni de manera concreta ni global, los requisitos exigidos," ya que esta no contempla, entre otros, "el delito de usurpación de funciones judiciales o el de desobediencia a los jueces", que se atribuyen en Vila.
La jueza del Penal 20 de Barcelona añade también que los razonamientos aducidos por la defensa del exconseller se sustentan en "situaciones hipotéticas", al afirmar que los hechos imputados hubieran podido producirse también después del 1 de octubre de 2017. En su recurso, el letrado de la acusación particular aducía que el "pertinaz" desacato tanto de Villa como de su sucesor en el cargo, Lluís Puig, en lo que enjuicia por separado el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya para ser aforado, "simplemente se reducía a frustrar la devolución de una propiedad a los legítimos propietarios", la orden religiosa propietaria del cenobio.
La resolución, recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, además de rechazar la aplicación de la ley de amnistía, niega también la petición del letrado de la acusación particular, el abogado Jorge Español, de instar a que la causa fuera remitida en amparo ante el Tribunal Constitucional. Tampoco ha aceptado la petición de la defensa de declarar el sobreseimiento libre de la causa por extinción de la responsabilidad penal de Santi Vila, y mantiene la celebración del juicio oral para los próximos 6 y 7 de mayo.
La Fiscalía también se negó a aplicar la amnistía a Vila
La Fiscalía de Barcelona ya se negó en octubre a aplicar la amnistía al exconseller Vila, y le pide 2 años de inhabilitación a cargo público y una multa de 5.940 euros por el delito de desobediencia, como al exconseller Lluís Puig, que será juzgado por el TSJC, al ser aforado porque actualmente es diputado de Junts, y que reanudará la causa en febrero. El Ayuntamiento de Vilanova de Sixena también acusa Villa del delito de usurpación de funciones judiciales y le pide once meses de prisión y una multa de 62.000 euros.
La defensa de Villa, ejercida por la Generalitat, pide su absolución al considerar que no cometió ningún delito con respecto al retorno de las obras de Sixena, y alternativamente, que se le aplique la amnistía, aunque esta vía hoy por hoy, no parece que pueda tener fruto, después de la negativa de la Fiscalía y del Tribunal.