Los cinco síndicos electorales designados para el 1-O está previsto que se sienten en el banquillo de los acusados estos próximos martes y miércoles, casi tres años y medio después de los hechos. La fiscalía los acusa de desobediencia y usurpación de funciones públicas, pero no de malversación, y les pide dos años y nueve meses de prisión. A su escrito, el ministerio público afirma que los cinco miembros de la Sindicatura Electoral firmaron resoluciones como tales a pesar de saber que el Tribunal Constitucional (TC) había suspendido las leyes aprobadas por el Parlament para crear esta figura.
El 6 de septiembre del 2017, en un pleno muy accidentado, el Parlament aprobó la ley del referéndum de autodeterminación que incluía el nombramiento de los síndicos electorales, que fueron designados al día siguiente por el mismo plenario, a pesar de la advertencia del TC que eso incumplía sus autos contra el referéndum. Fueron elegidos la abogada de Girona Marta Alsina; Marc Marsal, profesor de derecho administrativo de la Universidad de Barcelona; Josep Pagès, profesor de derecho constitucional de la Universidad Autónoma de Barcelona; Tània Verge, profesora de ciencia política de la Universidad Pompeu Fabra; y Jordi Matas, catedrático de ciencia política de la Universidad de Barcelona.
El mismo 7 de septiembre la Sindicatura Electoral celebró su sesión constitutiva y designó presidente del órgano a Jordi Matas, Marta Alsina como vicepresidenta y Marc Marsal como secretario. El 8 de septiembre fueron publicados los cargos en el DOGC.
El 7 de septiembre el Gobierno del PP había recurrido los renombres 'leyes de desconexión' del Parlament delante del TC, y el alto tribunal las suspendió, así como todas las resoluciones que se derivaran. El TC acordó la notificación de esta resolución a los síndicos, entre otros, advirtiéndolos de posibles consecuencias penales si seguían adelante con su función, especialmente el nombramiento de los síndicos electorales territoriales, la creación de un registro por el referéndum u otras iniciativas. La resolución del TC se hizo pública a los medios la tarde del mismo 7 de septiembre, pero se publicó en el BOE al día siguiente.
No obstante, la web de la Generalitat www.referendum.cat publicitó el acuerdo de la Sindicatura Electoral que nombraba a los síndicos territoriales del Arán, Barcelona, Girona, Tarragona y Lleida. También se publicó el acuerdo para acreditar organizaciones interesadas en participar en el referéndum y el modelo oficial de papeletas de la votación del 1-O.
La cronología
El 8 de septiembre los grupos parlamentarios de JxSí y la CUP incluyeron al orden del día la aprobación de la ley de transitoriedad jurídica, que configuraba la Sindicatura Electoral como un órgano independiente, imparcial y permanente adscrito al Parlament, con autonomía orgánica, funcional y presupuestaria, encargándole el mandato de velar por la transparencia de todos los procesos electorales de Catalunya, así como referéndums, consultas populares y procesos de participación ciudadana.
Esta ley también fue impugnada por el Gobierno delante del TC, que la suspendió el 12 de septiembre, suspensión que fue notificada a los síndicos electorales y otros cargos parlamentarios y del Gobierno con la advertencia de posibles consecuencias legales si seguían desarrollándola.
Finalmente, el 13 de septiembre el pleno del TC admitió a trámite el recurso contra la resolución del Parlament que designaba a los síndicos electorales y decidió notificarla también a los síndicos territoriales, a quien se daba 48 horas para notificar al tribunal qué medidas habían tomado para hacer cumplir la suspensión de la resolución de la cámara catalana. La notificación solo llegó a Marta Alsina, vicepresidenta, y a un miembro suplente de la Sindicatura.
"Los acusados, manteniendo firme la voluntad de ignorar los acuerdos y los requerimientos efectuados por el Tribunal Constitucional, siguieron aprobando resoluciones constituidas como Sindicatura Electoral", añade el ministerio fiscal. Estas resoluciones, además, se publicaron a la web www.ref1oct.org.
Además, entre el 12 y el 14 de septiembre la Sindicatura aprobó cuatro resoluciones más sobre las solicitudes de acreditación de entidades para participar al referéndum, la supervisión de la campaña institucional del Gobierno, la acreditación de apoderados e interventores de los partidos políticos y organizaciones, y los plazos del proceso electoral.
"Vista la persistente inobservancia por parte de los encausados de las resoluciones del TC", el 20 de septiembre el tribunal estimó la petición efectuada por la Abogacía del Estado y acordó la imposición de multas coercitivas de 12.000 euros diarios a cada síndico si no dejaban de actuar como tales. La multa sería exigible a partir de las 10 de la mañana del día siguiente de aquella resolución en el BOE. El 26 de septiembre el BOE publicó el escrito presentado delante del TC por parte de los síndicos ahora encausados en el que manifestaban la renuncia a sus cargos y dejaban sin efecto los acuerdos adoptados hasta entonces.
Por todo eso, la fiscalía pide nuevos meses de prisión por desobediencia grave a la autoridad, dos años más por usurpación de funciones públicas. Alternativamente, el fiscal propone condenarlos por el delito de desobediencia a resoluciones judiciales a una pena de multa de 5.400 euros y un año de inhabilitación para supervisar procesos electorales. Aunque inicialmente la fiscalía también los acusaba de malversación, finalmente retiró esta acusación, después de que la magistrada instructora la desestimara.
Retraso y protestas
El juicio tenía que empezar a finales de abril del año pasado, pero la pandemia lo impidió. La nueva fecha, al principio del noviembre pasado, también se tuvo que aplazar porque entonces el personal del juzgado estaba confinado por un caso de covid.
El grupo de apoyo a los síndicos, formado principalmente por personal universitario, ha convocado una concentración delante de la Ciutat de la Justícia el próximo martes para acompañar los politólogos y juristas procesados. Consideran el juicio "injusto y vergonzoso".