El magistrado abre juicio contra Artur Mas, Irene Rigau y Joana Ortega por los delitos de desobediencia grave y prevaricación. El juez no recoge la petición de la acusación popular que pedía 6 años por malversación de fondos públicos y, por lo tanto, el president y las exconselleres no se juegan la prisión en este juicio. Con todo, el magistrado da la opción a los sindicatos policiales y Manos Limpias a recurrir la decisión.
El juez descarta la malversación porque el Govern aprobó las partidas presupuestarías y contrató las empresas antes de la suspensión del TC el 4 de noviembre. Dice el auto: "Todos los servicios anteriormente referidos se encargaron con anterioridad a la suspensión del llamado proceso de participación ciudadana por el Tribunal Constitucional y tuvieron, en conjunto, un coste total según el escrito de acusación de 4.710.510,09 euros y para su pago se habilitaron las correspondientes partidas con anterioridad a la convocatoria de la llamada consulta de participación ciudadana aunque, en gran parte, estuvieron satisfechas con posterioridad".
Por lo tanto el magistrado admite que "no puede tipificar la desviación de fondos públicos a fines no autorizados cuando todavía no había recaído la mencionada providencia de suspensión del Tribunal Constitucional que hemos recogido literalmente en el FJ. 4t de la determinación de hechos".
El auto de apertura del juicio oral, que se ha comunicado hoy, es el último trámite judicial que faltaba para sentar a Mas, Ortega y Rigau en el banquillo de los acusados. Ahora serán las defensas las que presenten sus escritos y posteriormente la sala civil y penal de Tribunal Superior de Justícia de Catalunya fijará la fecha de juicio.
El juez mantiene los delitos de desobediencia y prevaricación, por los que la Fiscalía pide 10 años de inhabilitación, a Artur Mas como autor y a Joana Ortega y Irene Rigau como colaboradoras necesarias.
Por voluntad irracional
Los argumentos del juez para llevar a juicio a Mas por desobediencia se basan en el hecho que el president "amparado simplemente en su voluntad, que convirtió irracionalmente en aparente fuente de normatividad, actuando con plena consciencia y voluntad, se abstuvo de suspender oficialmente la convocatoria que él mismo había hecho, incumpliendo la obligación" de suspender la consulta según la orden del TC.
Y determina que "los acusados eran plenamente conscientes de que con eso rompían el obligado acatamiento a las decisiones del Tribunal Constitucional que establece el artículo 87.1 de la Ley Orgánica en 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, ilícito designe que, en su pretensión que prosperara, habían enmascarado convenientemente".
También los acusa de querer hacer creer que el Govern se había demarcado de la consulta y que todo estaba en manos de voluntarios: "Para lograrlo, los acusados decidieron generar la apariencia de que las actuaciones administrativas públicas se paralizaban y el proceso quedaba exclusivamente en manos de ciudadanos voluntarios, cuando en realidad no era así".
Y admite que "para un observador externo resultaba difícil contactar con certeza la intensa utilización de medios públicos durante el tiempo en que tuvo lugar la preparación y desarrollo de la votación".
La comparecencia institucional
El juez se basa para mantener los delitos de desobediencia y prevaricación y para descartar la malversación porque el Govern ya lo tenía todo contratado y previsto económicamente antes de que el Tribunal Constitucional suspendiera la consulta.
Mantiene, sin embargo, que el anuncio de Artur Mas de la consulta una vez suspendida es clave para mantener la acusación de desobediencia y lo cita textualmente en el auto: "El día 9 de noviembre del 2014, el Govern de la Generalitat de Catalunya abre un proceso de participación ciudadana en que los catalanes y las catalanas y las personas residentes en Catalunya pueden manifestar su opinión sobre el futuro político de Catalunya".
Argumenta que inmediatamente después de éste anuncio la vicepresidenta Joana Ortega y la consellera de Ensenyament Irene Rigau ponen en marcha todo el dispositivo para llevar a cabo la votación.