Segunda sesión del juicio en la Mesa del Parlament, con la declaración de nuevos testimonios, en este caso juristas del Parlament que han asegurado ante el tribunal que la Mesa, como principio general, no puede controlar políticamente las iniciativas parlamentarias, pero han admitido que el Tribunal Constitucional cambió parcial y progresivamente su jurisprudencia anterior a partir del 2014. Por eso, los letrados presentaron alegaciones e hicieron informes para adaptarse a la nueva realidad, intentando que el alto tribunal no condicionara la capacidad de iniciativa de los diputados pero, al mismo tiempo, respetando las advertencias del Constitucional. El tribunal recogió el cambio jurisprudencial en una sentencia de finales del 2019.
La sesión de hoy, muy técnica, se ha centrado a analizar el reglamento del Parlamento y su aplicación siguiendo los preceptos del Constitucional. El exletrado mayor Antoni Bayona ha explicado que la Mesa sólo tiene que verificar los requisitos formales de las iniciativas, pero en determinados casos, sobre todo desde el 2014, se puede valorar si el fondo del asunto contraviene alguna sentencia concreta del TC. Por eso, y después de haber recibido advertencias personales por parte del TC, los letrados y el secretario general hicieron varias advertencias a la Mesa y al pleno alertándolos de la posible vulneración de las resoluciones del alto tribunal. Incluso, en el pleno del 27 de octubre del 2017, cuando se aprobó la DUI, todos los funcionarios de la cámara decidieron ausentarse del hemiciclo.
Cambios durante la tramitación
El exletrado mayor también ha explicado que sus informes jurídicos no son vinculantes para la Mesa, aunque lo más habitual es que los diputados hagan caso. De hecho, ha reconocido que él mismo considera que una iniciativa parlamentaria se puede modificar durante su tramitación para que sea constitucional y ajustada a derecho, como así alegaron en un escrito delante del Constitucional.
Así el exsecretario general del Parlamento Xavier Muro ha explicado que la sentencia de finales del 2019 del Constitucional deja claro que en algunas ocasiones la Mesa tiene que inadmitir iniciativas, sobre todo por defectos formales, y en otros "puede" inadmitir las propuestas para contravenir el ordenamiento jurídico claramente.
Alteraciones del orden del día del pleno
El exletrado mayor, además, ha explicado que la Mesa no puede evitar que el pleno altere su orden del día, pero sólo se pueden debatir iniciativas ya calificadas por la propia Mesa. En julio del 2016 el pleno votó la ratificación de las conclusiones de la comisión de estudio del procés constituyente sin que la Mesa las hubiera admitido a trámite, sino que sólo tomó nota. El 6 y 7 septiembre del 2017 el pleno alteró su orden del día para votar los renombres 'leyes de desconexión', la del referéndum y la de transitoriedad jurídica, que habían sido admitidas a trámite por la Mesa el mismo día a pesar de entrar en registro a finales de julio, plazos muy poco habituales.
Sobre aquel pleno y el del 27 de octubre, Muro ha explicado que él ordenó al servicio de publicaciones que no publicara las leyes de desconexión ni la DUI al Boletín Oficial del Parlamento (BOPC), pero alguien utilizó el logotipo para publicarlo igualmente de manera no oficial, cosa de la cual se responsabilizaron los miembros independentistas de la Mesa. Después se publicaron en el DOGC, que ya no depende del Parlament. De hecho, ha dicho que el reglamento de la cámara también permite a la Mesa eximir la publicación en el BOPC de las iniciativas admitidas a trámite.
Los vetos políticos
Por su parte, el secretario general del Parlament entre el 2015 y octubre del 2016, Pere Sol, ha seguido la misma línea que Bayona i Muro. Ha recordado que en 1991 el Constitucional dijo que no se podían hacer vetos políticos por parte de la Mesas a iniciativas parlamentarias, pero a partir del 2014 y 2015 la postura fue variando progresivamente. Por eso, él presentó unas alegaciones alertando que el TC se podía convertir en un "órgano censor" que limitara la inviolabilidad parlamentaria. Sol también ha recordado que el TC no hizo ningún requerimiento después de la moción de confianza donde Puigdemont se comprometió en celebrar un referéndum.
Por último, la letrada del Parlamento Mercè Arderiu ha expuesto que fue el pleno quien suprimió el trámite de poder acudir al Consell de Garanties Estatutàries |por la Ley de transitoriedad jurídica. Arderiu, que ha declarado como testigo a petición de la defensa de Anna Simó, ha explicado que una vez el tema pasa al orden del día y se desarrolla, "el pleno es soberano para poder aplicar el artículo y eximir de estos trámites", en referencia al artículo 83.3 del reglamento del Parlament, y por lo tanto la Mesa ya no puede intervenir.
A preguntas del fiscal, Arderiu ha dicho que no conoce precedentes de la tramitación de una proposición o proyecto de ley donde el pleno haya eliminado la posibilidad de sol•licitar el dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias. Ha añadido que muchas leyes se han aprobado sin este trámite. "Para el 90% de las leyes no ha sido necesario", ha remachado.
Benach, testigo
El expresidente del Parlament Ernest Benach ha defendido este miércoles al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que "los grupos parlamentarios son soberanos para presentar las iniciativas que consideren oportunas y pertinentes". Benach, que ha declarado como testigo en el juicio por un presunto delito de desobediencia a la antigua Mesa de la cámara, ha explicado que la Mesa admite a trámite las iniciativas presentadas y a partir de aquí "la Mesa ya no entra más, son los grupos parlamentarios que tienen todo el protagonismo". Ha añadido que el papel de los letrados se limita al asesoramiento. "Los letrados son asesores e informan pero en ningún caso sus informes te obligan", ha remachado.
Benach se ha pronunciado sobre las Iniciativas Legislativas Populares (ILP) vinculadas a la Ley de consultas del 2009 y 2010 que constan en la causa y que la Mesa inadmitió a trámite. Ha dicho que las leyes se pueden tramitar por iniciativa del Gobierno, los grupos parlamentarios o las iniciativas legislativas populares (ILP).