La Junta Electoral Central ha dejado en manos del Tribunal Supremo decidir si permite un debate electoral entre los candidatos catalanes al 28-A en Soto del Real, tal como pedía el cabeza de lista de JxCat, Jordi Sànchez. La JEC se declara "no competente" para decidirlo y traslada la decisión a la sala segunda del Supremo, donde se juzga el caso del 1-O, y dirigida por el juez Manuel Marchena.

En este sentido, el árbitro electoral ha argumentado, después de reunirse este jueves, que "el órgano competente" para "decidir si medidas como las pedidas son compatibles con el objeto de la detención del candidato" es la sala presidida por Marchena. Sin embargo, el documento recuerda que el secretario general de Instituciones Penitenciarias desaconsejó la celebración de un debate político en Soto del Real porque considera que "supondría una alteración de las normas regimentales de los centros penitenciarios".

Sin embargo, hay que tener en cuenta que algunos de los candidatos catalanes al 28-A ya han rechazado participar en este debate en Soto del Real.

 

Por otra parte, sobre la petición de actos electorales dentro de la prisión, como pedía Esquerra Republicana, la JEC ha decidido dejar en manos de la Junta Electoral Provincial, en este caso la de Madrid, el veredicto. También en este caso recuerda que hay un informe desfavorable de Instituciones Penitenciarias para la celebración de los mítines dentro de los centros.

Los republicanos habían solicitado hacer dos actos electorales el sábado 13 de abril en las prisiones madrileñas, Soto del Real y Alcalá Meco, donde están encarcelados los presos políticos