La Junta Electoral Central ha acordado abrir un expediente sancionador contra el vicepresidente primero del Govern valenciano y conseller de Cultura i Esport, el extorero Vicente Barrera (Vox), por una rueda de prensa institucional ofrecida durante la campaña para las elecciones europeas en la cual criticó la aprobación de la ley de amnistía. En una resolución fechada este jueves, la JEC responde así el recurso presentado por el Partit Socialista del País Valencià ante la Junta Electoral Provincial de València, en el cual reclamaba esta medida sancionadora. El pasado 8 de junio, la rama provincial valenciana del órgano regulador de los comicios en España ya dictaminó que Barrera había roto la neutralidad institucional por sus declaraciones en la sede de su Conselleria y por su comunicado oficial del 30 de mayo.

Esta primera resolución de la Junta Provincial apreciaba indicios de infracción del principio de neutralidad institucional recogido en el artículo 50.2 de la ley de régimen electoral. El organismo afirmaba que el principio de neutralidad institucional es compatible con la participación de las autoridades públicas en el debate político, y constata "la excepcionalidad" de la aprobación de la ley de amnistía, pero considera que la intervención de Barrera "quiebra formal y materialmente este principio de neutralidad de manera no justificada". La comunicación difundida por el vicepresidente primero "excede de estos límites aceptables, por la incitación a la ciudadanía de un comportamiento político concreto", exponía la Junta Electoral Provincial, que acordaba su retirada íntegra e inmediata, con advertencia de apertura de expediente sancionador en caso de desatención.

Denuncia del Partit Socialista del País Valencià

Se da respuesta así a una denuncia presentada por los socialistas, que consideraban que las declaraciones de Barrera contenían "elementos valorativos con claras connotaciones electoralistas", porque reproducían "eslóganes electorales y mensajes de campaña" de su partido, Vox, como si fuera "un mitin electoral". Después de la resolución provincial, los socialistas presentaron un recurso de alzada ante la Junta Electoral Central, en el cual reclamaban que se abriera un procedimiento sancionador contra el vicepresidente "por el uso partidista de la institución y por infringir el principio de neutralidad que los poderes públicos tienen que respetar durante el proceso electoral". También reclamaban que se abriera procedimiento sancionador contra el director general de comunicación y promoción institucional de la Generalitat valenciana, responsable de política informativa y comunicación institucional, por los "reiterados actos de comunicación" que la Junta Electoral ha considerado que han vulnerado el artículo 50.2 de la LOREG desde la convocatoria de las elecciones europeas.

En su resolución de este jueves, la Junta Electoral Central da cuenta de lo argumentado por la Provincial y añade: "El examen de los mensajes emitidos permite apreciar que en ellos el vicepresidente no se limitó a realizar un comunicado de manera neutral, sino que fue más allá y realizó una crítica a la actuación del Gobierno de la Nación y de otras formaciones políticas, como se desprende de las frases subrayadas en la denuncia". La JEC señala que su acuerdo de abrir expediente sancionador contra Barrera y contra Daniel González es firme en vía administrativa, así como que contra este cabe interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.