La Junta Electoral Central da un ultimátum al president Quim Torra: tiene 24 horas para retirar los lazos amarillos de los edificios de la Generalitat. En caso contrario, ha acordado en su reunión de este lunes, el árbitro electoral acudirá a la Fiscalía y el jefe del Govern podría incurrir en responsabilidades "penales" por el delito de desobediencia. En la reunión de la semana pasada, ya le dio un plazo de 48 horas, que expiró el pasado miércoles por la tarde.

En su recurso de apelación, el president Torra alegaba que no retiraba los lazos amarillos porque la instrucción no era "neutral". Según el escrito, retirar estos símbolos sería tan partidista como ponerlos, porque hay partidos que han hecho causa política de esta retirada. "La prohibición implica, por ende, el reconocimiento a los ideales de unos partidos que concurren a las elecciones", aseguraba el jefe del ejecutivo.

 

En el escrito, que desestima las alegaciones de Torra, la JEC "reitera al presidente de la Generalitat el requerimiento hecho" el pasado lunes para retirar lazos y esteladas de cualquier edificio público de la Generalitat, "apercibiéndole de las responsabilidades administrativas y, en su caso, penales, en las que podría incurrir si persiste en la desobediencia a estos acuerdos."

La JEC también requiere a la delegada del Gobierno, Teresa Cunillera, a "informar" a la Junta sobre si, dentro de este plazo, "se ha dado cumplimiento al acuerdo", al efecto de deducir posibles responsabilidades contra Torra.

Ante las alegaciones del presidente Torra, el árbitro electoral sostiene que la estelada "simboliza las aspiraciones de una parte de la sociedad catalana, pero no de toda ella", y que "se trata de un símbolo legítimo que pueden utilizar las formaciones políticas en su propaganda electoral pero que, al menos durante los periodos electorales, no lo pueden hacer los poderes públicos".

En los mismos términos se refiere a los lazos amarillos, donde la JEC recuerda que no es un argumento válido las proposiciones de ley del PP y Cs tumbadas por el Parlament sobre la simbología en el espacio público. "La utilización de este símbolo pretende recordar que dirigentes o candidatos que se presentan se encuentran en situación de prisión preventiva", asegura la Junta Electoral.

Por otra parte, la JEC dice que la "dificultad legal" argumentada para cumplir el requerimiento por|para la existencia de edificios públicos que no son propiedad o gestionados por la Generalitat "tampoco puede resultar excusa para la ejecución de la resolución impugnada".

En esta línea, la Junta Electoral Central recuerda que las instituciones públicas, en periodo electoral, tienen que tener un "deber estricto de imparcialidad y de actuar al margen de cualquier posición ideológica que tengan".

Puede llevarlo a la fiscalía

Esta cuestión ha sido la primera que ha abordado la Junta Electoral en su reunión de este lunes, que se ha alargado por un espacio de más de cinco horas. Antes de abrir un expediente sancionador, el árbitro electoral ha decidido dar un margen de 24 horas más al president Torra. La ley electoral (LOREG) establece sanciones económicas de entre 300 y 3.000 euros.

Pero no acaba aquí el poder de JEC, que también puede llevar el asunto a la Fiscalía en caso de que considere que se está produciendo un delito de desobediencia, como avisa en su escrito de este lunes. El PP y Cs ya han presentado escritos al ministerio público para que lo haga.