ElNacional.cat ha tenido acceso a las enmiendas que ha presentado Junts per Catalunya a la reforma de la Ley Mordaza que pactó el PSOE con Bildu y que impulsaron ambas formaciones al lado de ERC, Sumar y el PNV. La formación capitaneada en Madrid por Míriam Nogueras ha registrado diecisiete enmiendas con el objetivo de profundizar la reforma de la norma aprobada por la mayoría absoluta del PP en 2015. Uno de los cambios que ponen encima de la mesa es concretar la eliminación de las pelotas de goma. El texto original, que superó su primer examen parlamentario a finales de octubre y esquivó el veto de Vox y el PP la semana pasada, preveía que se sustituirían “progresivamente” las balas de goma por proyectiles “menos lesivos” en el marco del desarrollo de “protocolos específicos de acuerdo con estándares internacionales”. Los juntaires van un paso más allá y quieren dejar negro sobre blanco que “se prohíbe el uso de las pelotas de goma”. El redactado propuesto por Junts especifica que “en fecha 31 de diciembre de 2025 será efectiva su prohibición total” y estipula que el “nuevo modelo de actuación gradual y mixto” deberá “garantizar en cualquier caso la disponibilidad de herramientas robustas que permitan un abanico de opciones tácticas diferenciadas”. A día de hoy, la policía española puede usar las pelotas de gomas en todo el territorio estatal, también en Catalunya (como hizo durante las protestas posteriores a la sentencia del juicio del procés en octubre de 2019), a pesar de que el Parlament de Catalunya las prohibió en 2014.
Otra de las novedades que aportan las enmiendas de Junts es la supresión de la Guardia Civil y la Policía Nacional como cuerpos encargados de “vigilar los espacios públicos, proteger las manifestaciones y mantener el orden en grandes concentraciones humanas”. Es una previsión que figura en el artículo 38 de la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad como función a desempeñar por los Mossos d’Esquadra en “colaboración” con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Junts quiere que pase a ser una función “propia” de la policía catalana. Otro precepto que contempla la ley vigente y que se eliminaría es la que prevé que el ejercicio de esta función corresponde con “carácter prioritario” a los Mossos, “sin perjuicio de la intervención” de la policía española cuando “lo estimen necesaria las autoridades estatales competentes” a requerimiento de la Generalitat o por “decisión propia”.
Eliminar la responsabilidad de los organizadores de las protestas
La Ley Mordaza actual establece, en el artículo 30.3, que se considerarán organizadores o promotores de las concentraciones las personas físicas o jurídicas que “hayan suscrito la preceptiva comunicación”, quienes las “presidan, dirijan o ejerzan actos semejantes” o quienes por “publicaciones o declaraciones de convocatoria o lemas o banderas pueda determinarse razonablemente que son directores de aquellas”. Y contempla en el artículo 37.1 que la responsabilidad de las infracciones leves por celebrar concentraciones incumpliendo la legislación “corresponderá a los organizadores o promotores”. La propuesta original de PSOE, Sumar, ERC, Bildu y el PNV introduce, por ejemplo, que quedarán “exonerados de responsabilidad” cuando hubieran dispuesto las “medidas de seguridad previstas en la comunicación y cumplidos los requerimientos que les hubiera hecho la autoridad gubernativa”.
Para Junts, esta redacción supone una “criminalización de la actuación de los organizadores de manifestaciones y concentraciones con el consabido efecto desalentador sobre el ejercicio de los derechos fundamentales”. Asimismo, los juntaires esgrimen que el redactado de la nueva proposición de ley supone una “mejora respecto a la frontal vulneración de derechos de la norma actual”, pero denuncian que “no es satisfactorio en absoluto”. En conjunto, Junts considera que el precepto contiene una “cantidad excesiva de conceptos jurídicos indeterminados y abre la puerta a especulaciones injustificadas por parte de los poderes del estado” que pueden “facilitar una aplicación inadecuada”. “Es contrario al principio democrático que los organizadores de reuniones y manifestaciones respondan por las acciones individuales de terceros”, argumentan. Los juntaires quieren limitarlo a que “los participantes en reuniones o manifestaciones que causen un daño a terceros, responderán directamente de él”.
Acabar con las obligaciones de registro documental
Más cambios. Junts reclama que se suprima el artículo 25 de la Ley Mordaza, referente a las “obligaciones de registro documental”, que no se tocaba en la iniciativa original. Básicamente, prevé que las personas físicas o jurídicas que ejerzan “actividades relevantes para la seguridad ciudadana” (como hospedaje, transporte de personas, alquiler o desguace de vehículos de motor, compraventa de joyas y metales o venta de productos químicos peligrosos) quedarán “sujetas a las obligaciones de registro documental e información” en los “términos que establezcan las disposiciones aplicables”.
“Esta remisión es un fraude de ley, ya que en la práctica supone una habilitación legislativa sin límites al Gobierno para regular materia propia de derechos fundamentales sin ningún tipo de limitación, saltándose las garantías propias de la ineludible tramitación legislativa orgánica”, lamentan los juntaires. La formación recuerda que esta habilitación permitió aprobar el llamado Marlaskazo, un decreto que obliga a hoteles y empresas de alquiler de vehículos a recopilar datos de los viajeros y que, a juicio de Junts, va “mucho más allá de lo razonable”, es “intrusivo y desproporcionado” y “conlleva efectos económicos graves en la hostelería y el turismo”.
Blindar las competencias de la Generalitat de Catalunya
Otro de los elementos en los que pone la lupa Junts per Catalunya es referente a las competencias autonómicas con la voluntad de revertir el “enfoque totalmente español” de la norma que se está tramitando, que “no tiene en cuenta las competencias catalanas”, según indican a ElNacional.cat fuentes de Junts. Así pues, por ejemplo, entre sus enmiendas quieren que:
- La “preservación de la seguridad ciudadana” es una función tanto del Estado como de las comunidades autónomas con sujeción a la Constitución y a los “respectivos Estatutos de Autonomía”.
- La cooperación siga entre las “administraciones públicas con competencias en materia de seguridad” y no entre la “Administración General del Estado y las demás”, que es el redactado de la propuesta original.
- Quien pueda dictar “normas de seguridad pública para los edificios e instalaciones en los que se celebran espectáculos y actividades recreativas” sean los “poderes públicos competentes” y no solo el Estado.
- Las estadísticas oficiales sobre las actuaciones en materia de seguridad sean elaboradas por los “poderes públicos competentes en materia de seguridad ciudadana” y no únicamente por el Gobierno.
Disolución de concentraciones con un “enfoque de derechos humanos”
Sobre la disolución de las concentraciones, Junts introduce dos matices al redactado propuesto por el PSOE, Sumar, ERC, Bildu y el PNV. Los juntaires quieren que el redactado establezca que la “autoridad gubernativa” podrá acordar la disolución de concentraciones velando para que esta actuación “se guíe en todo momento por un enfoque de derechos humanos” y acordando “medidas graduales y proporcionadas a las circunstancias”. El texto original aludía a las “autoridades” y señalaba que lo harían “siempre en la forma que menos perjudique”. En la justificación de la enmienda, Junts señala que “no existe una pluralidad de autoridades gubernativas”, sino que en cada territorio “existe una única autoridad gubernativa”, que en las comunidades autónomas con competencias en materia de seguridad “corresponde al gobierno de la comunidad”.
Obviar la generación de “alarma social” para establecer controles en carreteras
Otra pincelada. El redactado inicial preveía que se pudieran establecer “controles en las vías, lugares o establecimientos públicos” para prevenir “delitos de especial gravedad o generadores de alarma social” o para detener quienes “hubieran participado en su comisión” y “proceder a la recogida de los instrumentos, efectos o pruebas”. Junts quiere que se elimine el inciso “generadores de alarma social” para “evitar conceptos jurídicos indeterminados”.
Cambiar el nombre de la ley porque “no responde a un replanteamiento global de la seguridad ciudadana”
Junts también quiere pincelar el título de la ley, registrada como Proposición de Ley Orgánica de protección de las libertades y seguridad ciudadana. Los juntaires consideran que “supone una atenuación de algunos aspectos represivos”, pero lamentan que “no sólo no deroga la ley de 2015” sino que “deja algunas cuestiones centrales abiertas”. “No procede el cambio de nombre de la ley cuando el texto presentado no responde a un replanteamiento global de la seguridad ciudadana”, remachan en la justificación de la enmienda. A su parecer, debería llamarse Modificación de la Ley Orgánica 4/2015.