El agrupación de juristas Colectivo Praga denuncian la inconstitucionalidad de las medidas derivadas del aplicación del artículo 155 por parte del gobierno español y que se han traducido con la suspensión del autogobierno de Catalunya. Así lo defienden a las conclusiones de las jornadas que organizaron el pasado 1 de diciembre, junto con la Comisión de Defensa de los Derechos del ICAB.
En primer lugar, aseguran que el requerimiento previo hecho por el Gobierno del PP al Govern de la Generalitat ya vulneraba el artículo 155 ya que no indicaba cuáles son las obligaciones constitucionales incumplidas y "no define el marco ni la finalidad" de las medidas que se quieren adoptar.
La tramitación del Senado también es inconstitucional, según afirman, porque las medidas aprobadas son "propuestas genéricas" y que se dejan en manos del propio Gobierno del Estado para que las concrete. En consecuencia, las medidas que aprobó el gobierno español "no se ajustan a los principios jurídicos de concreción, de necesidad e idoneidad y de proporcionalidad", ya que sólo podían tener como objetivo obligar a cumplir la Constitución o proteger el interés general.
La destitución del gobierno catalán y la intervención de la autonomía tampoco entrarían dentro de las competencias previstas por el 155 que "no permite sustituir a las autoridades catalanas, ni desapoderarlas de sus competencias y funciones", defienden. En este sentido, critican que las medidas aplicadas por el Estado son de "carácter genérico y expansivo".
Vulneración de derechos fundamentales
En el documento, los juristas también denuncian la vulneración de derechos fundamentales de los ciudadanos de Catalunya en la aplicación de este artículo. La disolución forzada del Parlament, por parte de un gobierno que "no está legitimado para hacerlo", vulnera los derechos de los diputados de participación política y de acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, argumentan.
También se vulneraría el derecho a la libertad de conciencia y a la libertad de expresión, ya que no se deja margen a la discrepancia sino que se obliga a acatar y ser leal a la Constitución. Por otrol lado, el 155 también violaría algunos puntos de la Declaración Universal de Derechos Humanos, del Pacto Internacional de derechos civiles y políticos y del Convenio Europeo de derechos humanos.