El juzgado de vigilancia penitenciaria ha autorizado un permiso de salida de tres días a Josep Rull, encarcelado en Lledoners. A pesar de la oposición de la Fiscalía por la supuesta falta de arrepentimiento del recluso, el juez recuerda que el exconseller superó la cuarta parte de la pena impuesta, 10 años y medio, el 2 de octubre pasado, y no le consta ningún expediente disciplinario dentro de la prisión.
La junta de tratamiento de Lledoners autorizó el permiso a raíz de los informes favorables del jurista-criminólogo, el psicólogo y el trabajador y el educador sociales.
En cambio, el ministerio público se opone al permiso recordando la gravedad del delito cometido y la importancia del bien jurídico atacado, y asegurando que el simple cumplimiento de la primera parte de la condena no es suficiente para conceder el permiso, ya que las tres cuartas partes de la pena se cumplirán en diciembre de 2025. De hecho, dice que como todavía quedan muchos años para que pueda salir en libertad, el permiso no le ayudará en nada a la resocialización.
"No ha asumido los hechos cometidos"
Además, el fiscal considera que Rull no ha asumido "verdaderamente" los hechos cometidos ni ha aceptado las consecuencias o se ha arrepentido, ya que sigue considerando que fue fruto de una "actuación legítima y ajustada a derecho", cosa que lleva a concluir al ministerio público que el exconseller no reconoce el delito.
Así, recuerda que cuando fue clasificado en tercer grado en julio pasado, Rull dijo públicamente que se considera un preso político y que el juicio en el Tribunal Supremo no tenía garantías. También asegura que Rull no ha seguido ningún tratamiento individual con los psicólogos del centro.
El ministerio fiscal reitera que ninguno de los políticos presos ha seguido un programa de tratamiento específico por el delito de sedición, que tendría que enseñar al interno a respetar la ley, a que sólo se puede conseguir aquello que se desea utilizando los mecanismos legalmente establecidos en la normativa que rige el estado social y democrático de derecho".
La defensa de Rull, así como el juez de vigilancia penitenciaria, recuerdan a la Fiscalía que la exigencia del arrepentimiento para poder acceder a permisos sólo está prevista en casos de terrorismo.