La Fiscalía ha presentado un recurso contra la sentencia de absolución de los cinco síndicos electorales del 1 de octubre. Hace dos semanas el juzgado de lo penal número 11 de Barcelona concluyó que sus actos durante la organización del referéndum no fueron constitutivos de delitos de desobediencia y usurpación de funciones públicas y rechazó la petición del ministerio público, que pedía 2 años y nueve meses de prisión. Ahora, como ya se esperaba, la Fiscalía ha recurrido esta decisión al considerar que "la valoración de las pruebas no se hizo de manera correcta", según ha adelantado TV3.

La sentencia constata que no se acredita que dieran ninguna instrucción u orden ni que se volvieran a reunir después de las providencias dictadas por el Tribunal Constitucional, pero el fiscal sigue defendiendo que firmaron resoluciones a pesar de saber que el TC había suspendido las leyes aprobadas por el Parlamento que creaban esta figura. El recurso lo tendrá que resolver ahora la Audiencia de Barcelona.

Los argumentos de los síndicos

Los cinco síndicos absueltos son el catedrático de Ciencia Política de la Universidad de Barcelona (UB) Jordi Matas, que presidió la sindicatura; la profesora de Ciencia Política en la Universidad Pompeu Fabra (UPF) Tània Verge; el profesor de Derecho Administrativo en la UB Marc Marsal; el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) Josep Pagès y la abogada Marta Alsina. En el juicio, todos ellos sostuvieron que no habían desobedecido las órdenes del Tribunal Constitucional (TC) cuando suspendió las leyes de desconexión porque todos renunciaron al cargo antes del referéndum.

Imagen: La protesta de apoyo a los síndicos del 1-O en las puertas de la Ciutat de la Justícia / Sergi Alcàzar

Durante el juicio, los síndicos electorales de demarcación del 1-O aseguraron que ni antes ni después del 12 de septiembre del 2017 ejercieron sus cargos. Todos explicaron que recibieron una llamada a finales de agosto o principios de septiembre para proponerles ser síndicos electorales. Lo aceptaron y sus nombres fueron publicados en la web del referéndum. También fueron convocados a una reunión en el Parlament el 12 de septiembre y allí dos funcionarios les comunicaron que la ley del referéndum había sido suspendida por el Tribunal Constitucional y, por lo tanto, ellos no tenían que hacer nada hasta nueva orden. Más tarde recibieron requerimientos del TC para dejar los cargos.

En sus declaraciones en el juzgado, los 15, juristas, abogados, politólogos y profesores, tres por cada demarcación provincial y tres más por el Arán, coincidieron en explicar que, aparte de la llamada inicial, no recibieron ninguna instrucción más hasta el día 12. Aquel día los desactivaron y, por lo tanto, no llegaron a tomar posesión formal de los cargos ni hicieron nada más. Tampoco recibieron ninguna instrucción posterior.

Imagen principal: Los síndicos durante el juicio en el juzgado de lo penal número 11 de Barcelona / ACN