La Fiscalía Provincial de Madrid se ha opuesto a tumbar la candidatura de Vox en Andalucía, encabezada por Macarena Olona. Así se ha pronunciado el Ministerio Público sobre la petición que hizo un abogado en el marco de una demanda contra la formación de extrema derecha por la redacción de sus estatus. El letrado denunciante alegó que los candidatos de la lista de Vox para las elecciones del 19 de junio en Andalucía se escogieron "en dedo". La Fiscalía argumenta que ya se han escogido candidatos con los mismos estatutos y asegura que suspender la lista de Olona causaría un daño a Vox que sería "irreparable". "Se tiene que tener en cuenta que nos encontramos delante de unos estatutos del 2019, por los que ya se han escogido cargos y no ha habido ninguna impugnación", ha señalado el Ministerio Público.
El pronunciamiento de la Fiscalía de este martes ha tenido lugar después de que el pasado 2 de junio el Juzgado admitiera a trámite la demanda presentada por el abogado Pedro Muñoz Lorite contra la formación liderada por Santiago Abascal, en la cual solicita declarar nulos unos artículos de la normativa interna. En el marco de las diligencias, y como estipula la ley, se instó el demandante y a Vox a comparecer en esta vista de medidas cautelares. En su demanda, el abogado pide al Juzgado que declare nulos los artículos 23 y 24 de los Estatutos del partido y artículo 11 del Reglamento Interno de procedimientos electorales RIPE de la formación. A su juicio, estos apartados contravienen lo que se dispone en la Constitución y en la Ley orgánica de Partidos Políticos, así como el Tratado de la Unión Europea y el Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos. En concreto, los artículos 23 y 24 de los Estatutos versan sobre el procedimiento de elección de cargos orgánicos y para la designación de candidatos a cargos públicos electos. El artículo 11 del Reglamento Interno, por su parte, regula la presentación de avales para poder contribuir a una candidatura.
No es la primera vez que Olona sale victoriosa de un embate judicial contra su candidatura. Hace menos de un mes, la Junta Electoral de Granada rechazó la solicitud presentada por la coalición de izquierdas Andaluces Levantaos para impugnar la candidatura de líder de extrema derecha. La formación política aseguraba que era "público y notorio que la Sra. Olona no ha sido nunca vecina de esta comunidad porque no ha vivido de manera habitual a ninguno de sus municipios", requisito indispensable para contribuir a las elecciones andaluzas. A pesar de todo, la Junta Electoral consideró que no existe "obstáculo legal alguno" para la proclamación de su candidatura.
Mientras que desde la coalición de izquierdas andaluza se consideraba que Olona no cumplía el requisito de vecindad a la comunidad autónoma y afirmaban que era un "empadronamiento ficticio" en la localidad granadina de Salobreña. La Junta concluyó: "El empadronamiento de la candidata Macarena Olona en el municipio (...) es un acto administrativo en firme (...). Esta Junta Electoral no encuentra ningún obstáculo legal para que la proclamación de la candidatura sea cuestionada".