La Junta Electoral Central ha decidido quitar al líder de ERC, Oriol Junqueras, el escaño como eurodiputado, según ha anunciado a través de su cuenta de Twitter Pablo Casado, líder del PP, que recurrió la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, así como también Ciudadanos y Vox. Junqueras, pues, no podría salir de la prisión para recoger el acta de miembro del Parlamento Europeo. El acuerdo de la JEC ha contado con el voto particular de cinco miembros, que consideran que antes se tenía que pronunciar el Tribunal Supremo. Se puede recurrir ante la sala tercera del Tribunal Supremo.
El acuerdo de la JEC declara que concurre en Junqueras la causa de inelegibilidad sobrevenida, y por este motivo declara que "pierde la condición de diputado del Parlamento Europeo", anulando su mandato y sus efectos. Finalmente, acuerda cubrir la vacante proclamando como candidato electo en su sustitución al siguiente candidato de la lista, el republicano Jordi Solé. Solé será convocado delante de la JEC para que jure o prometa la Constitución. "Corresponde a la Junta Electoral Central, como órgano competente en materia en loque dispone en el artículo 224.3 de la LOREG -ley electoral- declarar esta circunstancia y comunicarlo al Parlamento europeo", afirma.
Los miembros de la JEC se desentienden de la decisión del TJUE. Si bien admiten que era eurodiputado desde que el mismo órgano proclamó a los candidatos electos, a pesar de no haber acatado la Constitución, también subraya que su situación procesal cambió el pasado 14 de octubre, con la sentencia firme del Tribunal Supremo. "En consecuencia, la situación del señor Junqueras ha dejado de ser la de prisión provisional, que era la que tenía cuándo resolvió el TJUE, para pasar a ser la de condenado por sentencia firme a pena privativa de libertad que está siendo cumplida actualmente como es público y notorio", señalan en su argumentación. "Es precisamente esta nueva situación la que tiene efectos jurídico-electorales", remarcan. "Es indudable que existe una sentencia penal firme que impone la pena prevista en la causa de ineligibiltat", reiteran.
No obstante, los vocales Eduardo de Porres Ortiz de Urbina, José Luis Seoane Spiegelberg, Inés Olaizola Nogales, Consuelo Ramón Chornet y Juan Montabes Pereira han formulado un voto particular. Estos cinco miembros consideran que "hallándose en trámite de pronunciarse la sala segunda del Tribunal Supremo" sobre la sentencia del TJUE "deberíamos conocer el sentido de la resolución del Tribunal Supremo antes de resolver la cuestión debatida, por si puede tener alguna incidencia en la cuestión sometida al examen de esta Junta Electoral Central".
Este acuerdo, firme en vía administrativa, puede ser recurrido ante la sala tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses.
La JEC se adelanta al Supremo
El TJUE reconoció al líder de ERC la inmunidad como eurodiputado desde que se proclamaron los resultados de las elecciones al Parlamento Europeo del 26 de mayo, aunque el Tribunal Supremo no le permitió en aquel momento formalizar el trámite para tomar posesión del escaño. PP y C's recurrieron alegando una "causa de inelegibilidad sobrevenida", la condena de 13 años por sedición y malversación que le impuso el Supremo, para que no pudiera ocupar cargo público o parlamentario.
El Supremo, que fue la instancia que, en su día, formuló una cuestión prejudicial al TJUE sobre la situación de Junqueras, mantuvo en suspenso la inhabilitación del líder de ERC a la espera de la sentencia del Tribunal Europeo. La decisión final del Alto Tribunal español todavía no se ha producido.
La decisión de la JEC sobre Junqueras se ha añadido a la inhabilitación del presidente de la Generalitat, Quim Torra, por haber desobedecido la orden de retirar la pancarta a favor de los presos del palacio de la Generalitat, un hecho sin precedentes que se produce a menos de 24 horas que se inicie la primera jornada dedel lleno de investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno.