Las juntas de tratamiento de los centros penitenciarios descartan que los presos políticos pasen el confinamiento en casa.
La decisión llega después de que el Departament de Justícia de la Generalitat pidiera evaluar la situación para dejar salir presos y esponjar los centros durante el confinamiento. Y también llega después de que el Tribunal Supremo advirtiera que dejar pasar el confinamiento en casa a los presos políticos podía representar un delito de prevaricación. De hecho, el alto tribunal pidió que se informara de los funcionarios que tomaban las decisiones.
Las juntas de tratamiento han aprobado que 15 personas reclusas en segundo grado y con un 100.2 pasen el confinamiento por el coronavirus en su casa transitoriamente, durante la emergencia. Se trata del 15% del conjunto de los presos en estas circunstancias.
Es la primera vez que los centros penitenciarios de la Generalitat se plantean una medida de estas características, de acuerdo con una interpretación no restrictiva del reglamento penitenciario. Son decisiones inéditas, justificadas por un contexto de crisis sanitaria.
Cuatro de estas personas son internas del CP Dones (Barcelona) y ya están en su casa. Los 11 restantes son internos del CP Cuatre Camins (la Roca del Vallès). Como se trata de una iniciativa sin precedentes, la junta de tratamiento de Cuatre Camins trasladará la decisión al juzgado de vigilancia sin hacerla inmediatamente ejecutiva, a la espera del visto bueno judicial. El resto de centros penitenciarios han descartado todos los casos que han evaluado y entre ellos están las prisiones donde cumplen la condena los presos políticos: Lledoners, Puig de les Basses y el Catllar.
El juzgado de vigilancia penitenciaria informará la Fiscalía para que se posicione. Después, decidirá si ratifica o tumba la propuesta de las prisiones. En caso de recurso, la última instancia es la audiencia de la demarcación.
Reducir al máximo la población reclusa
El objetivo de la Secretaria de Mesures Penals, Reinserció i Atenció a la Víctima es reducir al mínimo la población reclusa para limitar el riesgo de contagio en las prisiones. Se trata de una iniciativa del Govern, instada también por las Naciones Unidas y el Comité para la Prevención de la Tortura del Consejo de Europa.
Este martes, el Departament de Justícia se dirigió a las direcciones de los centros penitenciarios para que estudiaran, caso por caso, la posibilidad del confinamiento domiciliario de las personas con un segundo grado flexibilizado con un 100.2, un artículo que permite la combinación del régimen de vida ordinario con el de semilibertad (tercer grado). Las juntas de tratamiento están compuestas por más de 10 profesionales. Son juristas, psicólogos, trabajadores y educadores sociales, médicos y maestros. Para formular su propuesta, estos equipos estudian y evalúan los informes elaborados por los equipos de los módulos de la prisión que están en contacto diario con las personas internas.
El 69% de los terceros grados, en casa
El Departament de Justícia trabaja para minimizar la población y el riesgo de contagio en el interior de los centros penitenciarios desde el principio de la crisis. El confinamiento domiciliario de personas en 100.2 se suma al de la mayoría de los terceros grados. Antes de la emergencia sanitaria, los presos que dormían en casa cada día (86.4) eran 325 y sólo representaban el 19% de las 1.700 personas privadas de libertad y clasificadas en tercer grado. En cambio, desde el 13 de marzo, la Generalitat ha aplicado esta medida a 848 presos más, que equivalen a la mitad de los terceros grados. Por lo tanto, a estas alturas, ya hay un total de 1.174 reclusos en semilibertad que pasan el confinamiento en su casa, que son el 69% del conjunto de los terceros grados de las prisiones de la Generalitat.
Cuando el 86.4 se aplica a los presos en tercer grado, lo propone la junta de tratamiento de la prisión y lo resuelve el Servei de Medi Obert de la Secretaria de Mesures Penals, Reinserció i Atenció a la Víctima. El sistema penitenciario informa a la Fiscalía de vigilancia penitenciaria. En caso de recurso, el caso pasa a la mesa del juez de vigilancia. La última instancia es la audiencia de la demarcación. Una vez acabe la situación de emergencia sanitaria, cada centro valorará caso por caso si revierte la medida o si la mantiene.