¿Independencia judicial? ¿Politización de la justicia? ¿Cumplimiento de la ley? Nuevo capítulo sobre la polémica por el color amarillo, esta vez porque Raimon Montoliu, un abogado de Vic, lucía en su camisa —que no en la toga— un lazo amarillo. Antes de empezar el juicio —celebrado el pasado 5 de abril—, y al ir a entrar a la sala, la jueza ya le hace un gesto al letrado de disconformidad con el símbolo que llevaba.
En el vídeo, al cual ha tenido acceso El Nacional, se escucha como la jueza, en castellano, le dice al abogado: "Es mi deber requerir con el máximo respeto al abogado de la parte demandada que se saque el lazo amarillo que notoriamente todos sabemos qué significa".
La magistrada, que se ampara en los artículos 187 y 190 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el 39 del Estatuto General de la Abogacía, hace saber a Montoliu que "los abogados tienen el deber de vestir la toga con la dignidad y el prestigio que la lleva y teniendo el máximo respeto a la justicia" y le advierte de que "no estamos ante un foro de debate político". Asegurando, además, que tiene "el máximo respeto a la libertad de expresión", le emplaza a sacárselo.
Se niega
Y no sólo eso. La jueza muestra su respeto por la decisión del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena de mantener encarcelados los Jordis, los consellers y Forcadell, algunos ya por más de medio año. Pero la verdad es que lo explicó de forma poco comprensible: "Delante de una sala de justicia teniendo en cuenta, además, lo que significa el lazo amarillo, y que su admisión y el hecho de no requerirle implicaría por parte mía admitir que mis compañeros lleven a cabo hechos respecto de los cuales se proclama a través del lazo amarillo, es mi deber requerirle al respeto y usted haga lo que crea conveniente".
Ahora bien. Dejando claro que respeta el requerimiento de la magistrada, Montoliu se niega: "No me sacaré el lazo ni la placa entendiendo que ninguno de los artículos que ha mencionado obliga a ninguna de las partes, ni a ningún letrado, ni a ningún procurador, ni a ningún interviniente en una sala de justicia a limitarle la libertad de expresión que uno tiene y que la tiene en todas partes y ninguno de los artículos que menciona, con los debidos respetos, posibilita limitar esta libertad de expresión y que entendemos que tiene que ser absolutamente respetada por todo el mundo e, incluso, y especialmente, por los tribunales de este país, por lo tanto, no me sacaré ni el lazo, ni la placa".
Ante eso, la jueza insiste y se lo requiere, entonces, en base al artículo 552 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que los abogados y los procuradores "podrán ser corregidos cuando incumplan las obligaciones que les impone la ley". "Muchas gracias y me reitero a las manifestaciones realizadas. Le requiero, nuevamente, en base al artículo 552 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, una vez más le doy la oportunidad de que se saque el símbolo y si no quiere hacerlo así constará en las presentes actuaciones", le lanza, mientras se ratifica en la idea de que "es mi deber requerir con el máximo respecto al abogado de la parte demandada que se saque el lazo amarillo que notoriamente todos sabemos qué significa".
Pero Montoliu, que considera que la magistrada no tiene potestad para pedirle eso, reitera que "entendemos que este letrado no cumple ningún tipo de obligación que imponga la ley y la ley procesal y seguimos manteniendo que no hay obligación de retirar este lazo y esta placa señoría".
Y es que el letrado se ha lamentado en declaraciones a El Nacional de que este "es un objeto de discusión no jurídico", sino político, y ha querido poner de relieve que los jueces "están a nuestro servicio" y, por lo tanto, ha subrayado que "no están al servicio de nadie" porque "no mandan" más que en el campo que les toca. Precisamente en este sentido, también ha querido dejar bien claro que no es lo mismo neutralidad que imparcialidad y, según su opinión, la jueza no es "neutral".
Los artículos de la jueza
La magistrada se ampara en los artículos 187 y 190 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el 39 del Estatuto General de la Abogacía. Ahora bien. En los dos primeros artículos no se menciona, en ningún caso, el hecho de que no se puedan llevar símbolos del carácter que sean. De hecho, el 187 establece que "en audiencia pública, reuniones del tribunal y actos solemnes, los jueces, magistrados, fiscales, secretarios, abogados y procuradores utilizarán toga y, en su caso, placa y medalla de acuerdo con su rango". El segundo punto del artículo, sólo dice que "todos ellos [...] se sentarán a la misma altura".
De su lado, el artículo 190 sostiene que "corresponde al presidente del tribunal o al juez mantener la orden en la sala". Tampoco dice nada sobre los símbolos.
Mientras tanto, el artículo 37 del Estatuto General de la Abogacía decreta que "los abogados comparecerán ante los tribunales vistiendo toga y potestativamente birrete, sin distintivo de ninguna clase excepto el colegial y adecuarán su indumentaria a la dignidad y prestigio de la toga que visten y al respeto de la justicia". Seguramente este artículo sí que puede desembocar en interpretaciones totalmente diferentes.
El último artículo que cita para acabar de intentar convencer al abogado de que se saque el lazo amarillo, el 552 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tanto los abogados como los procuradores que intervienen en el juicio "podrán ser corregidos cuando incumplan las obligaciones que les impone esta ley o las leyes procesales".
Convencido de su actitud, Montoliu se ha preguntado que "¿dónde está la línea roja?", y también ha augurado que, quizás, y según cómo interpreten el reglamento, podrían abrirle un "expediente por falta de respeto".