La sala de lo penal de la Audiencia Nacional ha dejado en libertad provisional con medidas cautelares a las dos mujeres, Luna Fernández y Yolanda Martínez, que fueron repatriadas desde Siria con sus hijos en enero de 2023, fecha desde la cual estaban en prisión provisional a la espera de juicio, acusadas de un delito de integración en la organización terrorista DAESH. El tribunal expone que después del tiempo transcurrido, casi dos años en prisión preventiva, y "al no apreciarse riesgo de huida en la actualidad", les concede la libertad con medidas cautelares. Las defensas de las mujeres habían pedido su puesta en libertad, medida que la Fiscalía ha dado apoyo si se le ponía medidas cautelares, como la prohibición de salir del Estado español. Por el contrario, la Asociación de Víctimas del Terrorismo, que ejerce la acusación particular, se ha mostrado en contra de su excarcelación.

En una vista, celebrada este lunes, la sección cuarta de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional ha resuelto  acordar la libertad provisional de las mujeres, en ligar  de prorrogar la prisión preventiva más allá de dos años (pueden estar un máximo de 4 años, y en función del delito), a la espera del juicio. En las dos resoluciones, el tribunal ha acordado la inmediata libertad de las mujeres con la obligación de designar domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos, comparecencias semanales ante el juzgado, la prohibición de salida del territorio nacional y la retirada del pasaporte.

 

Sin riesgo de huida

En las resoluciones, los magistrados consideran que procede la libertad "teniendo en cuenta del tiempo transcurrido desde que se dictó la prisión provisional, y teniendo en consideración que las circunstancias que en su momento llevaron al juez de instrucción a adoptar esta medida han variado, no apreciándose riesgo de huida en la actualidad en la procesada."

El juez de instrucción Santiago Pedraz acordó, en enero de 2023, el procesamiento de las dos mujeres por haber participado presuntamente en el Estado español en actividades en favor de la organización yihadista DAESH, previamente a su desplazamiento voluntario a la zona de conflicto sirio-iraquí al lado de sus maridos, aceptando el mismo destino que ellos una vez proclamado el pseudocalifato en junio de 2014 por Abu Bakr al-Baghdadi y con plena voluntad de mantener su integración en esta organización terrorista.

El titular del juzgado central de instrucción de la Audiencia Nacional explicaba entonces que ambas se desplazaron a la zona de conflicto sirio-iraquí al lado de sus maridos, con la plena voluntad de formar parte de la organización y la finalidad de poner a su disposición toda su capacidad en las funciones que la misma organización les asignara.

Ahora, pasado un año y ocho meses encerradas, el tribunal concluye que procede la libertad "teniendo en cuenta del tiempo transcurrido desde que se dictó la prisión provisional, y teniendo en consideración que las circunstancias que en su momento llevaron al juez de instrucción a adoptar esta medida han variado, no apreciándose riesgo de huida en la actualidad" de las dos mujeres.