Pablo Llarena ha enviado ya a Italia la orden de detención europea de Carles Puigdemont, "actualmente en vigor", según expone en su oficio al juez instructor de toda la causa del Procés.

Después de ser comunicada la detención del expresidente de la Generalitat de Catalunya Carles Puigdemont en Italia, a través del SIRENE, el instructor de la causa del "Procés|", Pablo Llarena, ha enviado un oficio al representante de España al Eurojusto para que remita al Tribunal de Apelación de Sassari (Italia) la Orden Europea de Detención y Entrega entregada el 14 de octubre de 2019 contra él, así como la cuestión prejudicial planteada a su día delante del TJUE. El destinatario es el juez José de la Mata, el representante español en el Eurojusto.

Llarena cocreta que Puigdemont está en busca y captura y declarado en rebeldía desde el 2017 y que el caso contra él todavía está abierto: "Para|Por su comunicación en el mismo Tribunal, le participo que el procedimiento judicial de que deriva la euroorden está activo y pendiente de la captura de los procesados en situación de rebeldía".

"Y con la misma finalidad, acompaño la Cuestión Prejudicial planteada en su día delante del TJUE, la tramitación no modifica la situación en que se encuentra actualmente el procedimiento", se apresura a aclarar Pablo Llarena ante una posible retención ilegal para estar pausada la orden de detención europea mientras no se resuelve este trámite según "la interpretación que del derecho europeo, y sobre las estrictas cuestiones suscitadas, realice el TJUE". Según el juez instructor este trámite no detiene nada.

Total validez por lo tanto del orden de detención europea, según Llarena, que avalaría la retención de Carles Puigdemont ayer en el aeropuerto del Alguer y una posible extradición en España. Eso, al menos, es el que pretende el juez con el rápido movimiento hoy, horas después de la detención y en pleno debate sobre su legalidad.

 

El lunes el Tribunal Supremo tendrá toda la documentación traducida al Italiano para enviarla al tribunal de Apelación de Sassari.

Pendientes del TJUE

Llarena no dejó en suspensión la orden de detención europea mientras se resolvían las cuestiones prejudiciales. Llarena, pidió al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que se pronuncie sobre la extradición de Carles Puigdemont, Clara Ponsatí, Toni Comín, Lluís Puig y Marta Rovira, contra los que se sigue el procedimiento por delitos de sedición, malversación de caudales públicos o desobediencia. El juez del Supremo planteó una cuestión prejudicial para que valore las denegaciones que ha hecho la justicia belga de las euroórdenes contra los exiliados que se han hecho finos ahora. En concreto, quiere que la justicia europea valore el alcance y las razones de denegación con el fin de poder establecer criterios sobre si se tiene que mantener, retirar o emitir nuevas euroórdenes contra los exiliados, una vez las autoridades judiciales belgas denegaron la entrega del conseller Lluís Puig.

Carles Puigdemont, sin embargo, presentó un recurso que reclama que se pregunte al TJUE si el Supremo tiene que ser el órgano que trate los temas que afectan a los eurodiputados —como si fueran miembros de parlamentos del Estado español— aunque no lo establezca así la ley.

Pregunta, asimismo, diferentes cuestiones relacionadas con la posibilidad de emitir una orden de detención contra un eurodiputado; pregunta si de acuerdo con la legislación de la UE "no es necesaria la obtención de la autorización del Parlamento Europeo para emitir una orden nacional de detención e ingreso en la prisión contra un diputado del Parlamento Europeo" y si es posible hacerlo a la vista de la jurisprudencia de la Cort Internacional de Justicia y del mismo TJUE.

El escrito recuerda en el Supremo que, como última instancia, tiene "una verdadera obligación" de plantear las cuestiones prejudiciales de acuerdo con los tratados de la UE y no hacerlo "supone una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva a un procés con todas las garantías, así como una vulneración de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE o del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales".

"Hay que recordar que la Sala tiene que plantear las cuestiones prejudiciales, incluso de oficio, cuando se suscitan dudas sobre la interpretación o, en cualquier caso, no exista referencia interpretativa del TJUE sobre un determinado precepto de la Unión", advierte.