El juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, rechaza la salida de prisión de Jordi Turull y Josep Rull para la toma de posesión. Alega "un riesgo de reiteración delictiva potenciado" y destaca que este peligro se incrementa con la voluntad expresada por el nuevo presidente de "impulsar la república independiente ilegalmente declarada".
El abogado de Turull y Rull envió el mismo sábado, horas después de que el presidente Quim Torra firmara el decreto de nombramiento del nuevo Gobierno, el recurso para que los dos consellers encerrados en la cárcel de Estremera pudieran salir para asistir a su toma de posesión y quedar en libertad provisional para desarrollar sus cargos en las conselleries de Presidencia y Territorio y Sostenibilidad. En el mismo recurso, el abogado Jordi Pina remarcaba la necesidad de tener una respuesta antes del 23 de mayo, de mañana, que es el día previsto para la toma de posesión de los nuevos consellers.
Y Llarena ha respondido el día antes. Y lo ha hecho para decir, nuevamente, que no.
El juez indica que hace solo cinco días, el 17 de mayo, la Sala de apelación del Supremo rechazó la libertad de los dos consellers, y añade que en este breve lapso de tiempo no ha habido una modificación de los parámetros básicos de evaluación del riesgo de reiteración delictiva.
Para el magistrado, la determinación de los partícipes en los hechos que se investigan era continuar la ejecución del plan ilegal para conseguir la independencia tan pronto recuperaran el control de las instituciones de Catalunya, lo que muestra que "un eventual retorno de los procesados en el Consejo de Gobierno de esta Comunidad, no solo no se desvanece o mitiga el riesgo de reiteración delictiva que trata de conjurar, sino que lo potencia, más todavía cuando el presidente que pretende designarles ha exteriorizado su voluntad y determinación de impulsar la República independiente ilegalmente declarada".
El juez rechaza también la alegación de los dos procesados que sugieren a Llarena que siempre puede volver a dictar prisión provisional si una vez nombrados consellers y ejerciendo su cargo se demuestra que están reiterando el delito. "La sugerencia no solo se enfrenta a los relevantes e irreparables perjuicios colectivos que pueden derivarse de la inobservancia y de la violación de la orden constitucional que se adelantaba en los designios reflejados en el libro blanco para la independencia de Catalunya, sino que esconde la naturaleza argumentativa del alegato, ya que la potencial reversión de la medida que sugieren los recurrentes, resultaría fácilmente inalcanzable si se considera el riesgo de fuga existente y las dificultades de ejecución que —en tal coyuntura revocatoria— podrían surgir, indica el instructor.
Sobre el riesgo de fuga, el juez reproduce el argumento de la Sala de apelaciones en su auto del 17 de mayo: "No puede dejar de valorar la estructura organizativa que les da apoyo, ni la consistencia económica de la misma, ni los contactos internacionales del grupo, elementos que han permitido a los que ya se han fugado, mantener una apariencia de vida normalizada fuera de España y de la residencia que hasta entonces era su domicilio habitual".
Llarena indica en su auto que en esta ocasión Rull y Turull no han planteado, ante lo que ha pasado con anterioridad, ninguna petición alternativa a la de libertad provisional indefinida, y no hacen en su escrito ninguna referencia a los hechos por los cuales han sido procesados.
El instructor sí que considera oportuno recordar estos hechos, "que han consistido en que determinados partidos políticos secesionistas desplegaron su capacidad política para, desde su mayoría de escaños en el Parlamento, designar a un presidente del Govern de la Generalitat de Catalunya que ejecutara las iniciativas legislativas de fragmentación territorial impulsadas desde el Parlamento, por más que estás hubieran sido declaradas contrarias a nuestra Norma Suprema y hayan sido anuladas por el Tribunal Constitucional, así como para que el gobierno autonómico condujera su actividad con esta misma orientación".
"Todo eso —añade—, impulsando y favoreciendo —con menoscabo de las normas imperativas penales— que amplios sectores sociales que comparten este ideario, se enfrenten pública y colectivamente a la actuación que las instituciones del país han desplegado para preservar el orden constitucional, buscando con eso forzar el Estado a aceptar la situación de hecho ilegalmente creada".
El auto resalta que la petición de libertad tampoco describe cuál ha sido el papel que, en esta estrategia, han ejercido los procesados Jordi Turull y Josep Rull. El juez explica al respecto que el auto de procesamiento detalla que "su intervención habría consistido en organizar e impulsar la ejecución del plan de independencia, aprovechando para eso las funciones ejecutivas que, como consellers, tenían en el anterior Consejo de Govern de la Generalitat de Catalunya, hasta que fueron cesados con ocasión de la aplicación del artículo 155 de la Constitución española".