Pablo Llarena no da el brazo a torcer: considera que Marta Rovira tiene que ser amnistiada por su participación en la organización del referéndum del 1 de octubre, pero frena a la espera de decidir si presenta una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional. En la misma providencia en la que mantiene vigentes las órdenes de detención contra Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig, el juez del Tribunal Supremo sostiene que “las acciones y omisiones susceptibles de integrar el delito de desobediencia”, por el que está procesada la secretaria general de ERC, “se ubican en el ámbito de aplicación” de la ley de amnistía. Sin embargo, no archiva todavía la causa, sino que da un plazo de diez días a las partes para que aleguen sobre la pertinencia de plantear una cuestión de inconstitucionalidad con respecto a la posibilidad de amnistiar la “responsabilidad derivada” del delito de desobediencia. Eso sí, levanta el orden de detención que todavía había contra Rovira. Por otra parte, la líder republicana todavía está pendiente de que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre la aplicación de la amnistía en la causa del Tsunami Democràtic, en la que está investigada por terrorismo.

📝 El juez Pablo Llarena mantiene la orden de detención contra Carles Puigdemont por malversación

 

Pablo Llarena relata que “deja sin efecto” la orden de detención contra Rovira porque, aunque recurra al TC, el artículo 163 de la Constitución Española estipula que el planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad contra una ley no tiene efectos suspensivos. Argumenta que, “mientras la ley de amnistía tenga vigencia”, falta un “pronóstico legal de condena por el delito de desobediencia”. Y la norma podría dejar de tener vigencia si el juez del Supremo, después de escuchar a las partes, decide acudir al Tribunal Constitucional y, posteriormente, el tribunal de garantías resuelve que amnistiar el delito de desobediencia es contrario a la Constitución.

Hace veinte días, justo después de que la amnistía se publicara en el Boletín Oficial del Estado y entrara en vigor, Llarena preguntó en las partes si tenía que aplicar la amnistía a esta causa y comunicaba a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad que “continúan vigentes y activas”. La defensa de Rovira solicitó el alzamiento del orden nacional de detención, la conclusión del sumario, y que se declinara la competencia a favor de la Audiencia Provincial de Barcelona a efectos de pronunciamiento sobre la aplicación de la amnistía. Llarena solo ha respondido favorablemente a la primera petición y gana tiempo antes de liberar a Marta Rovira de esta causa por completo.

🔎 El quién es quién de la amnistía en el Tribunal Supremo y en la Audiencia Nacional

 

Todavía pendiente del caso del Tsunami Democràtic sobre terrorismo

La situación judicial de Marta Rovira no acaba aquí. La dirigente de ERC también está pendiente de que Susana Polo decida si le aplica la amnistía, al lado de Carles Puigdemont, en la causa del Tsunami Democràtic, en la que los dos están investigados por terrorismo. El mismo día que se publicó la amnistía en el BOE, la jueza del Supremo dio diez días a las partes para que se pronunciaran sobre la aplicabilidad de la ley y ahora, con este plazo concluido, la pelota está en su tejado. Se puede pronunciar en cualquier momento. E, igual que ha hecho hoy Pablo Llarena, tendrá que decidir y argumentar si considera que los hechos encajan en el perímetro de la amnistía o no y si opta por recurrir al Tribunal Constitucional o al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Este pronunciamiento es crucial: Marta Rovira ha dejado claro que no volverá a Catalunya hasta que no quede exenta de la investigación que la vincula al Tsunami. “Espero que sea en los próximos días, la jueza no se tendría que entretener, porque la ley es muy clara”, sostenía el 14 de junio en una entrevista al Aquí Catalunya de SER Catalunya.

En el exilio desde marzo del 2018

La secretaria general de ERC se marchó al exilio el 23 de marzo de 2018 y ese mismo día Pablo Llarena activó la euroorden contra ella. Estuvo vigente hasta el 12 de enero de 2023, cuando el juez canceló las euroórdenes después de retirar el delito de sedición atribuido a Puigdemont, Comín, Puig y Rovira, a causa de la entrada en vigor de su derogación, y mantuvo el procesamiento por los delitos de desobediencia. En el caso del presidente en el exilio y de los exconsellers, también están procesados por malversación de fondos públicos, cosa que hizo que dictara una nueva orden de busca y captura al Estado español. Con respecto a Marta Rovira, ordenaba su detención, pero “solo a efectos de tomarle declaración”, ya que el delito de desobediencia, por el que está procesada, no tiene penas de prisión.