El ejecutivo español quiere reformar la ley de seguridad nacional para poner a disposición del estado español a los ciudadanos mayores de edad para que puedan ser obligados llevar a término "prestaciones personales" cuando se declare en España un estado de crisis. También las autoridades podrán requisar temporalmente todo tipo de bienes, intervenir u ocupar provisionalmente el capital que sea necesario o suspender toda clase de actividad, según ha adelantado El País.
El capital privado, a disposición del Estado
El Gobierno prepara una reforma de la ley de seguridad nacional que está causando conmoción en las redes sociales. El ejecutivo de Pedro Sánchez reformaría la ley para poner a disposición del estado español todos los bienes que fueran necesarios para afrontar el estado de crisis e incluso se podría obligar a las personas mayores de edad a hacer prestaciones personales. Todo a instancias de las autoridades competentes, siguiendo las directrices del Consejo de Seguridad Nacional.
Según adelanta el rotativo español, las personas que sufran perjuicios económicos por la requisa de sus bienes o la interrupción de la actividad tendrán derecho a ser indemnizadas.
Prestaciones personales obligatorias
Las medidas se adoptarían según la crisis y la situación, las requisas o interrupciones de actividad serían graduales y proporcionadas a la situación y se limitaría el tiempo al estrictamente necesario para superar la situación de crisis. Las prestaciones personales y la extracción de capital estarán relacionadas con el tipo de crisis que haga frente el estado español, sea de carácter sanitario, medioambiental, económico, financiero... El texto se basa en el artículo 30 de la Constitución española, según la cual "los españoles tienen el deber y el derecho de defender España".
Las "prestaciones personales" las regularía el mismo artículo que defendía la obligatoriedad del servicio militar, que fue suspendido el año 2001, según el cual "mediante la ley, podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública", una previsión constitucional antigua y ya olvidada.
La imposición de prestaciones personales y materiales estaría regulada por una ley ordinaria, a diferencia del servicio militar, que era regulado por una ley orgánica. Eso podría abrir un frente de batalla jurídico, ya que sólo las leyes orgánicas pueden trastocar los derechos fundamentales. Además, la decretación del estado de crisis sólo pasaría por el despacho del presidente del Gobierno y no tendría que ser avalado por el Congreso de los Diputados, tan sólo habría que informar a la sala con la máxima inmediatez.
Durante la pandemia, el Gobierno no recurrió a la declaración de "situación de interés para la seguridad nacional", sino al estado de alarma, regulado por una ley de 1981. No obstante, con la reforma que ahora se ultima, la ley de seguridad nacional podría resultar más idónea para afrontar este tipo de situaciones.