El magistrado de la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Miguel Pasquau, ha alertado que si la proposición de ley para eliminar el delito de sedición en el Código Penal español, propuesta por los grupos del PSOE y Podemos, sale adelante sin ninguna enmienda, el Estado quedará desprotegido. Pasquau ha apostado que se regule una graduación del delito de rebelión, para que este ahora no se use contra todas las protestas a falta de un delito intermedio para "doblegar a la autoridad legítima". El magistrado ha explicado su posicionamiento sobre la nueva reforma del Código Penal, en el debate que el Colegio de la Abogacía de Barcelona ha organizado este lunes por la tarde, y que ha sido presidido por su decano, Jesús M. Sánchez. El catedrático de Derecho Penal Gonzalo Quintero ha compartido el posicionamiento del magistrado y ha asegurado con más radicalidad que "la reforma de la sedición solo mira a Catalunya y no al futuro", como tienen que prever todas las reformas legislativas, además de asegurar que el respeto al orden constitucional queda "inerme".

Por su parte, la Síndica de Greuges de Catalunya, Esther Giménez-Salinas, ha pedido no centrar el debate en los castigos y las penas, y ha lamentado que el nuevo delito de desórdenes públicos agravado "no haga ninguna mención a la justicia restaurativa sobre el daño causado". El catedrático de Derecho Penal Jacobo Dopico ha manifestado que la reforma del Código Penal "mantiene la indeterminación de los hechos delictivos", como la redacción que tenía el delito de sedición.

A la cola en criminalidad

La mesa redonda del ICAB versaba sobre la contextualización del delito de Sedición de acuerdo con la legislación de los países europeos y la Síndica de Greuges ha aprovechado su primera intervención para insistir en que el índice de criminalidad en España está por debajo de la media y "por lo que se refiere a homicidios, es el tercero por la cola", y ha pedido que no se centre el debate en el sistema punitivo, con su apuesta decidida que la justicia restaurativa entre en el ámbito penal, que ahora solo se recoge de forma excepcional en la jurisdicción de menores. Dopico también ha indicado que se ha informado con "confusión" sobre los códigos penales de otros países, afirmando que tienen delitos similares a la sedición. Ha detallado que Alemania eliminó el delito de sedición, pero que mantiene el delito de alta traición al Estado, que castiga hasta los 10 años; y Portugal, hasta los 20 años, cuando "con violencia e intimidación se quiere separar un territorio de la madre patria".

Los efectos de la ley de indultos

"No se tiene que legislar en caliente, pero hace mucho tiempo que había que suspender el delito de sedición", ha asegurado Giménez-Salinas. También ha apuntado que la ley de los indultos vigente, y que fecha de 1870, solo permite indultar a personas no juzgadas en los casos de rebelión y sedición, ante el alcance de las revueltas de la época, y que actualmente podrían dar amparo a los políticos en el exilio, como el president Carles Puigdemont. La sindica no se ha mostrado muy optimista sobre la revisión que hará de las condenas a los independentistas catalanes el Tribunal Supremo porque "hasta ahora no ha destacado por su gran generosidad, ya que ha aplicado las penas más graves".

En este sentido, Quintero ha alertado que "no se pueden revisar condenas indultadas", y, por lo tanto, el Supremo, si se elimina el delito de sedición, quizás solo podría revisar la condena de inhabilitación, que se mantiene en vigor, y si hay malversación. "Es el pecado más grave que se ha cometido hacia el Estado, y si ahora quieren modificar la malversación; los condenados del PP por la Gürtel los aplaudirán con las orejas", ha ironizado Quintero.

Dopico y Giméez-Salinas, en un momento del debate, esta tarde en el ICAB. / Foto: Carlos Baglietto

El peligro de estirar la rebelión

El magistrado Pasquau, que ha intervenido en línea, ha coincidido con el resto de ponentes que "la reforma del Código Penal mantiene los mismos errores que la sentencia del Tribunal Supremo, que condenó a los independentistas catalanes ante "la confusión de conductas de mantener la paz pública y la orden constitucional".  El magistrado ha alertado del peligro que con esta reforma haya más supuestos por acusar por rebelión, en los casos de manifestaciones violentas, y que "la rebelión se estire como un chicle, como se ha hecho con la sedición". Además, ha tildado de "tarifa plana" las nuevas penas, de 3 a 5 años de prisión, que fija el nuevo delito de desórdenes públicos agravados. Pasquau ha deseado que en el procedimiento de aprobación haya enmiendas para poder castigar el alzamiento violento contra agentes de la autoridad, o que quiera doblegar la autoridad, que ahora quedará sin castigo.

¿Cómo se podría aplicar la justicia restaurativa en el delito de sedición?, le ha preguntado una persona del público a la síndica. Giménez- Salinas ha contestado que en el debate se ha expuesto que los hechos del 1-O de 2017 pueden encajar en hasta cinco delitos diferentes; es decir, que hay dudas, y ha defendido que siempre tendría que haber un sistema paralelo al penal sobre una reparación voluntaria del daño causado.